Conozca las reformas a la Ley de Tránsito aprobadas hoy
Establece multa de ¢306.850 a quien se niegue a la alcoholemia
Los diputados aprobaron en primer debate este jueves las reformas a la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial.
La iniciativa, que contó con 41 votos a favor, modifica varios artículos de la ley, establece nuevas disposiciones, prohibiciones y multas.
Algunas de las modificaciones más importantes son las siguientes:
- Se prohíbe la circulación de vehículos con polarizado tipo espejo o limosina, salvo polarización de fábrica que permita la visibilidad de adentro hacia afuera y viceversa del 100%.
- Establece una multa de ¢306.850 al conductor que se niegue a someterse a una alcoholemia.
- El conductor podrá impugnar el resultado de la alcoholemia y tendrá derecho a una segunda prueba. Pero si el resultado es positivo en la segunda prueba, deberá pagarla.
- Incluye como multa categoría A (¢306.850) producir ruido o emisiones de gases, humos o partículas contaminantes que excedan los límites establecidos.
- La Policía de Tránsito podrá retirar un vehículo cuando no esté el conductor y si está lo obliga a hacerlo, sin perjuicio de la multa respectiva.
Otras multas

La reforma incluye una multa de ¢306.850 para quienes se nieguen a practicarse la alcoholemia. (Daniela Abarca/CRH).
La reforma establece multas de ¢103.679 en los siguientes casos:
- Personas que conduzcan sin haber obtenido la licencia requerida para el tipo y la clase de vehículo o permiso temporal o conduzca con permiso temporal sin el debido acompañante.
- Al conductor con exceso de pasajeros según la capacidad máxima del vehículo.
- Al conductor que traslade pasajeros fuera de la cabina, en la cajuela o cajón del vehículo, excepto el transporte de trabajadores para actividades agrícolas, mantenimiento de servicios públicos, atención de emergencias y traslado de personas en carreteras cantonales de lastre o tierra.
Autoriza al retiro de placas en los siguientes casos:
- Cuando no se hayan pagado los derechos de circulación o el seguro obligatorio.
- Cuando una unidad de transporte público equipada con rampa o plataforma circule con el dispositivo en mal estado.
- Cuando el vehículo sea utilizado para prestar servicio de transporte público sin las autorizaciones respectivas.
- Producir ruido o emisiones de gases, humos o partículas contaminantes que excedan los límites establecidos.
- Cuando el vehículo obstruya las vías públicas, el tránsito de vehículos y personas, aceras, ciclovías o permanezca mal estacionado.
El texto corrigió preocupaciones que habían planteado el sector turístico y se estableció la obligación de que los camiones que transportan productos de tajos o escombro los cubran con una lona mientras transitan por vías públicas.