Consumo de anticonceptivos de emergencia en aumento
CCSS tiene 3 opciones de anticonceptivos.

Con fines ilustrativos
La Dirección de Farmacoepidemiología de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) confirmó que la prescripción de 1 de los 3 medicamentos que tiene la Institución para la anticoncepción de emergencia viene en aumento.
Recientemente, en la lista de estos medicamentos se incluyó el levonorgestrel como método de anticoncepción. De acuerdo con los consumos, en el año 2022 se atendieron a 668 pacientes y en el año 2023 a 965 pacientes.
Los otros 2 medicamentos que tiene la CCSS en la Lista Oficial de Medicamentos son anticonceptivos orales combinados, que requieren de la toma de 4 u 8 tabletas para que cumplan con su efecto anticonceptivo.
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En el 2020, la CCSS, oficializó un lineamiento para la prescripción de la anticoncepción de emergencia, en el cual se definió que es de acatamiento obligatorio por parte del personal de Salud, Profesionales de Medicina (tanto Medicina General como Especialistas) y Profesionales de Enfermería en Obstetricia de los Equipos Básicos de Atención Integral en Salud (EBAIS), Áreas de Salud y Hospitales de la CCSS.
La Dirección de Farmacoepidemiología explicó que estos anticonceptivos pueden ser solicitados por cualquier mujer.
Cualquier mujer que cumpla que lo requiera, antes de 72 horas de la relación sexual de riesgo, puede recibir la anticoncepción oral de emergencia, tanto en servicios de emergencias como en la consulta externa.
Proceso y funcionamiento
Angélica Vargas, ginecóloga, explicó que al consumirse la "pastilla del día después" se da un atraso de la hormona luteinizante, lo que causa que se retrase la ovulación. También, dijo los efectos físicos que tienen.
Espesan el moco cervical, haciendo un tapón que impide el ascenso y la capacitación espermática, detalló.
La especialista explicó que es sumamente importante que se tomen en las primeras 72 horas después de la relación sexual, y destacó que no tienen contraindicaciones ni efectos secundarios peligrosos.
Al tomarse, las mujeres pueden tener "sangrado en mancha" o náuseas. Vargas comentó que son indicados para emergencias, por lo que se debe buscar un método anticonceptivo regular.
El Área de Atención Integral a las Personas de la CCSS aseguró que se debe realizar el procedimiento de consejería y prescripción de Anticoncepción de Emergencia en cualquiera de los siguientes servicios a los que la usuaria acuda:
- Servicio de Emergencias: Se recomienda clasificar estas atenciones como categoría verde, y posteriormente realizar la prescripción de Anticoncepción de Emergencia cuando sea atendida según esa clasificación.
- Consulta externa de los EBAIS: Cuando la usuaria sea atendida por profesionales de medicina porque tenía cita previa o porque tiene cupo tras acudir a solicitar cita médica ese día.
- Consulta externa de las Áreas de Salud u Hospitales: Esto en caso de que la usuaria tenga una cita programada que coincida con el periodo máximo de 120 horas de transcurrida la relación sexual con posibilidad de embarazo.
Se aseguró también que en cualquiera de estos casos el personal de Medicina y Enfermería en Obstetricia de la CCSS que brinda la atención es responsable de realizar un acompañamiento integral que implica tanto las indicaciones específicas para la anticoncepción oral de emergencia como un proceso de consejería para que la usuaria tome una decisión informada, autónoma y responsable.
Para el Área de Atención Integral a las Personas es indispensable brindar información clara, científica, laica, basada en los derechos humanos, sexuales y reproductivos, escuchar a la persona, aclarar mitos y respetar la decisión personal de la usuaria sobre el uso de la anticoncepción de emergencia.
Además, recomiendan abordar a la persona teniendo en cuenta y validando la experiencia emocional frente a la posibilidad de un embarazo no planeado.
Se debe realizar de forma verbal o por medios alternativos cuando corresponda. La información clínica y las explicaciones deben ser claras, con lenguaje sencillo y adecuadas a la capacidad de comprensión y necesidades de la persona usuaria, en particular con personas adolescentes, personas con discapacidad, población indígena, entre otras condiciones que podrían requerir adecuaciones en esta intervención.
Pronunciamiento de la Sala IV
El pasado 22 de febrero, se dio a conocer que la Sala Constitucional rechazó varias acciones inconstitucionales que se habían presentado contra los anticonceptivos de emergencia y surge la duda de si esto cambiará los lineamientos de la Caja Costarricense de Seguro Social.
De acuerdo con el Área de Atención Integral a las Personas, esta decisión de la Sala IV no impacta los lineamientos de la CCSS, ya que anteriormente la Institución acató la normativa nacional anteriormente. De igual manera, expresaron que respetan absolutamente el pronunciamiento de este órgano.