¿Deben pagarle este 2 de agosto si trabaja? Tome nota
(CRHoy.com).- El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) comunicó la condición del pago si los trabajadores laboran el próximo lunes 2 de agosto.
Este feriado es de pago no obligatorio, pero según lo comunicó el Ministerio y como excepción, el 2 de agosto será de pago obligatorio, para aquellos trabajadores que tengan modalidad de pago mensual o con adelanto quincenal.
"Cuando los trabajadores que tienen modalidad de pago mensual o con adelanto quincenal laboren un día feriado, sea de pago obligatorio o no obligatorio, el patrono debe adicionar un pago sencillo para completar el pago doble que prevé la ley", aseguró el MTSS.
Asimismo, la cartera laboral explicó que si trabajan horas extras durante los días feriados, en las empresas de pago mensual o con adelanto quincenal, se deben pagar a tiempo y medio doble, o sea pago triple todas las horas extra.
De esta manera, los próximos feriados restantes de este 2021 son:
- 2 de agosto; se celebra el mismo lunes y es de pago no obligatorio
- 15 de agosto, se celebra el mismo domingo y es de pago obligatorio
- 15 de septiembre, se traslada al lunes 13 de septiembre, de pago obligatorio
- 1 de diciembre, se traslada al lunes 29 de noviembre, de pago no obligatorio
- 25 de diciembre, se celebra el mismo sábado, de pago obligatorio