Diputada propone retiro del FCL para quienes suspendan del trabajo o reduzcan jornadas

19 de Mar. 2020 | 4:53 pm

(CRHoy.com).- La diputada del Partido Liberación Nacional, Karine Niño, propuso un proyecto de ley que busca permitir que los trabajadores puedan retirar el 100% de su Fondo de Capitalización Laboral (FCL) en caso que sus patronos los suspendan o les reduzcan sus jornadas laborales por la emergencia del COVID-19.

Actualmente este ahorro de los trabajadores solo se puede retirar cuando ellos terminan una relación laboral con su empleador, sin embargo, la legisladora plantea que puedan hacerlo aquellos que durante los próximos 3 meses, sean suspendidos o a los que se les reduzcan sus horas de trabajo en un 50 %.

Paralelamente, la diputada propone que si la crisis se mantiene en el tiempo, y produce además despidos esto podría ser una razón extraordinaria para solicitar un adelanto de la cuenta individual del Fondo de Pensión complementaria (ROP), equivalente al acumulado de los últimos 3 salarios mensuales reportados. Ese dinero sería girado en 3 cuotas mensuales y sucesivas.

"No podemos permitirme que las familias no tengan recursos para sus necesidades básicas y para sostenerse en épocas convulsas como las que enfrenta nuestro país y el mundo", expreso la legisladora.

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43 empresas pidieron suspender 400 empleados

Hasta este miércoles un total de 43 empresas habían solicitado ante la Inspección Laboral del Ministerio de Trabajo la autorización para proceder con la suspensión, por un tiempo determinado, de contratos de trabajo con sus empleados.

La medida se toma como una alternativa para no despedir a los trabajadores, en medio de las repercusiones económicas a raíz del COVID-19.

La Ministra de Trabajo, Geannina Dinarte confirmó que esta cantidad de solicitudes representa una afectación para 400 trabajadores.

La jerarca no precisó los sectores que más han solicitado esta autorización, pero al parecer se trata de comercios, restaurantes, bares y empresas ligadas al sector turístico.

Esta herramienta legal está contemplada en el Código de Trabajo entre los artículos 73 y 82.

La jerarca añadió que en próximas horas el Poder Ejecutivo emitirá un decreto ejecutivo para agilizar este proceso a los empresarios afectados.

El artículo 74 del Código de Trabajo permite poner en pausa los contratos en 3 casos muy concretos: si la empresa enfrenta un faltante de materia prima para operar, por razones de fuerza mayor o caso fortuito o si el patrono muere o se incapacita y eso impide la labor normal de la empresa.

Una vez que el patrono recibe la autorización de poner en pausa el contrato, se mantiene el vínculo laboral con su empleados, pero no debe pagar el salario.

Las empresas tampoco está en la obligación de entregar subsidios a sus colaboradores.

Puede consultar el proyecto de ley aquí.

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