Diputados aprobaron a la carrera ley que impide a la prensa informar de casos de corrupción
(CRHoy.com) -Los diputados salientes aprobaron a la carrera una peligrosa ley que impide a la prensa informar sobre investigaciones penales de casos de corrupción o sobre sanciones administrativas que involucren a jerarcas y funcionarios públicos.
Así lo reconocieron este sábado los legisladores Pedro Muñoz, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), y el independiente Erick Rodríguez. También otro congresista del Partido Liberación Nacional (PLN), quien pidió no mencionar su nombre.
La iniciativa -denominada Ley General de Acceso a la Información Pública y Transparencia, impulsada por la diputada Carmen Chan, de Nueva República- contiene 3 incisos que limitan el acceso de los medios de comunicación a expedientes como el del caso "Cochinilla".
Muñoz aclaró que él no votó el proyecto y sostuvo que la ley formó parte de un paquete de iniciativas que se aprobaron a golpe de tambor en los últimos días de funciones de los legisladores salientes.
"En las últimas dos semanas, en la Asamblea se legisló como si estuvieran haciendo palomitas de maíz. Yo no voté ese expediente", dijo.
Indicó que se mantuvo lejos de lo que pasaba en el Plenario Legislativo para no ser responsable de lo que calificó como "una estampida de proyectos y votaciones".
Solo en la última sesión del Plenario, el pasado jueves, los diputados aprobaron una moción para conocer y votar 30 expedientes legislativos.
Rodríguez, por su parte, manifestó que la aprobación de la ley, cuestionada por el Colegio de Periodistas y el Instituto de Prensa y Libertad de Expresión (Iplex), es reflejo de lo que pasa con "los acuerdos a media noche".
"Eso es lo que pasa con correr a sacar leyes como si fuera una maquila. Ese es el problema que existe cuando se dan esas agendas de consenso y se vota y se vota para ver quién hizo más leyes en comparación con el otro. Esto es un relajo", comentó.
"Muchas de esas leyes que se aprobaron le hacen más daño al país que algún favor", agregó.
Enmendar falta
Mientras, las diputadas Franggi Nicolás, del Partido Liberación Nacional (PLN), Laura Guido, del Partido Acción Ciudadana (PAC), así como Jonathan Prendas, de Nueva República, manifestaron que el espíritu de la normativa no es restringir el acceso de la prensa a expedientes de casos de corrupción.
Sin embargo, reconocieron que los incisos cuestionados de la ley se pueden reformar por medio de otro proyecto o de un veto parcial del presidente de la República, Carlos Alvarado, o el mandatario entrante, Rodrigo Chaves.
"El espíritu nunca fue el cercenar el tan importante derecho y libertad de prensa que es fundamental en nuestro país y más para efectos de poder investigar y denunciar la corrupción. Si ahora hay preocupación en cuanto a esos incisos, habría que revisarlos con calma. La ventaja es que no ha sido todavía firmada por el Presidente y se podría hacer un veto parcial de esos incisos", declaró Nicolás.
Explicó que la otra ruta es presentar un proyecto de ley que enmiende los incisos cuestionados y que se tramite por medio de una vía rápida.
La diputada Guido sostuvo que la obligación de entregar información impuesta a los funcionarios públicos siempre ha tenido límites en casos en los que media algún nivel de confidencialidad, como en las fases preliminares de una investigación judicial.
"De ninguna manera es una limitación a que el periodismo se ejerza, como se ha hecho siempre, desde el ámbito investigativo. Si hay que hacer alguna enmienda, todavía existe ese espacio porque no ha sido firmada por el Presidente de la República", añadió.
En una línea similar, se pronunció Prendas, quien dijo que la normativa se puede modificar y mejorar.
Cuestionado artículo
El artículo 8 de la ley establece "límites del derecho de acceso a la información pública", e incluye un conjunto de condiciones en las cuales la información no será pública.
Tres de sus incisos obstaculizan el acceso de los medios de comunicación a investigaciones judiciales que involucren a jerarcas y funcionarios públicos.
El texto aprobado indica: "El derecho de acceso a la información pública tiene, como límites exclusivos, los siguientes":
- La prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios.
- Información acumulada para prevención e investigación de delitos, investigaciones preliminares de carácter judicial o administrativa. La información contenida en el expediente administrativo o judicial será confidencial, salvo para las partes, los representantes o cualquier abogado, de conformidad con lo estipulado en el artículo 272. 1 de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública, de 2 de mayo de 1978.
- Lo relativo a estudios e investigaciones sobre procesos disciplinarios, los expedientes en trámite y las resoluciones administrativas.