Diputados aprueban ley para eliminar penas de cárcel contra periodistas por injurias y calumnias

Imagen ilustrativa (CRH)
La Asamblea Legislativa aprobó, con 43 votos a favor en segundo y último debate, el proyecto de ley para eliminar las penas de cárcel contra periodistas, con el fin de garantizar el libre ejercicio de la profesión, mediante la derogación de dos artículos de la Ley de Imprenta, cuando los denunciantes argumenten delitos contra el honor como injurias o calumnias.
Se trata de disposiciones que actualmente establecen penas de prisión por delitos contra el honor cometidos en el ejercicio del periodismo.
El texto corresponde al expediente N.° 24.185, denominado "Ley para la libertad del ejercicio periodístico. Derogatoria de los artículos 7 y 8 de la Ley de Imprenta, Ley N.° 32", presentado por el diputado del Partido Liberal Progresista (PLP), Gilberto Campos.
Penas de cárcel derogadas
El proyecto de ley propone derogar los artículos 7 y 8 de la Ley de Imprenta (Ley N.° 32).
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El artículo 7 castiga con pena de arresto de uno a ciento veinte días a los responsables de calumnia o injuria cometidas por medio de la prensa, sanción que se extiende tanto a los autores de la publicación como a los editores responsables del medio de comunicación.
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El artículo 8 establece que la misma pena se aplicará a quienes, mediante sus publicaciones, intenten subvertir el orden o alterar las relaciones amistosas con algún Estado.
De esta manera, la iniciativa busca adecuar la legislación nacional a los estándares internacionales de libertad de expresión y prensa, eliminando disposiciones consideradas obsoletas y restrictivas del ejercicio periodístico.
Con esto, el texto pasa al Ejecutivo para su firma y publicación oficial.