Durante enero, la policía envió a la Fiscalía a 10 choferes borrachos cada día
Otros 49 no fueron remitidos al Ministerio Público, pero recibieron sanción de ¢334 mil
(CRHoy.com). Solo en enero la Policía de Tránsito trasladó a 319 conductores ebrios al Ministerio Público.
Esa cifra, que representa un promedio de 10 casos diarios, significa choferes catalogados en "absoluto estado etílico".
Además, 49 conductores recibieron una multa de ¢334 mil y acumularon 6 puntos en la licencia de conducir. Con este último aspecto, para renovar la licencia, el chofer sancionado deberá llevar un curso de reeducación vial presencial.
Incluso, del total de 2.320 pruebas realizadas por los oficiales en carretera durante enero, otros 41 dieron resultado positivo a la prueba, pero en niveles tan bajos que no ameritaron sanción.
"Son 409 casos positivos, del total, lo que representa un 17.6%. Levemente superior al promedio de 17.4% del 2021. Así que tenemos una situación todavía más negativa, que deberemos atacar con más controles en carretera y con el llamado a la conciencia", dijo Alberto Barquero, subdirector de la Policía de Tránsito.
En el mes pasado se detectaron 278 casos positivos entre sanción penal, multa y sin multa de un total de 1.917. Eso representó un 14.5%, un 3% por debajo de enero del 2021.
"En enero se reportaron 4 muertes en carretera vinculadas a este tema, lo que lo ubica como el cuarto posible factor de riesgo de muertes en carretera, junto con a la invasión de carril y por debajo de la imprudencia del peatón, del exceso de velocidad y la imprudencia del conductor", citó el funcionario.
Multa de la Ley de Tránsito por alcohol | ||
Categoría | Ejemplos de infracciones | Sanción |
A
(Art. 143) |
· Conductores particulares bajo los efectos del alcohol, entre 0,50 y 0,75 gramos (prueba de espiración de aire) o entre 0,25 y 0,38 miligramos (prueba de sangre).
· Conductores profesionales y novatos bajo los efectos del alcohol, entre 0,20 y 0,50 gramos o entre 0,10 y 0,25 miligramos. |
¢334 mil y 6 puntos* |
· Superar los 0,75 gramos o 0,38 mlg. En caso de conductores particulares o superar los 0,50 gramos o los 0,25 mlg. En caso de conductores profesionales y novatos implica sanción penal.
· Dar positivo en la prueba con menos de 0,50 gramos o 0,25 mlg. En caso de conductor particular o dar positivo pero no superar los 0,20 gramos o los 0,10 mlg. en caso de conductores profesionales y novatos, no implica sanción penal ni administrativa. · (*) Monto vigente desde el 1º de enero hasta el 31 de diciembre de 2022. |