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Educación dual: ¿Cuáles son sus beneficios y cómo funcionará?

Modalidad será voluntaria y permitirá a estudiantes vincularse al mundo laboral

Por Alexánder Ramírez | 13 de Ago. 2019 | 12:02 am

La educación dual es una modalidad voluntaria, abierta y no excluyente. Permitirá a los estudiantes formarse en dos ámbitos y una adecuada transición hacia el mundo laboral. (Foto con fines ilustrativos).

(CRHoy.com) -El proyecto que regulará la educación dual en Costa Rica está a un paso de convertise en ley de la República.

La iniciativa culminó este lunes su último trámite en la Asamblea Legislativa al ser aprobada en segundo debate y ahora solo falta que sea firmada por el presidente de la República, Carlos Alvarado, publicada en el diario oficial La Gaceta y que sea reglamentada por el Poder Ejecutivo en un plazo de seis meses, a partir de su entrada en vigencia.

¿En qué consiste el texto aprobado por la mayoría parlamentaria? ¿Cuáles son los beneficios para los estudiantes y cuáles son las reglas que regirán la modalidad?

CRHoy.com les explica esas y otras dudas en esta información.

¿Qué es y quién la aplicará?

El proyecto fue impulsado por diputados del Partido Liberación Nacional y respaldado por casi todas las bancadas. (CRH).

El texto aprobado por los legisladores define la educación dual como aquella modalidad que permite a los estudiantes formarse en dos ámbitos de aprendizaje: una institución de la educación y formación técnica profesional y una empresa formadora, utilizando sus recursos materiales y humanos.

Se trata de estrategia de educación técnica y formación profesional voluntaria, integral, práctica, formativa, continua, permanente, abierta y no excluyente.

Permitirá a los estudiantes una formación integral y una adecuada transición al mercado laboral tomando en cuenta los requerimientos de los sectores sociales y productivos del país.

Para ello, el Consejo Superior de Educación aprobará la política educativa de la educación técnica que regirá en los centros educativos públicos y privados que imparten la educación técnica formal y en los que imparten la educación superior parauniversitaria.

De manera paralela, el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) establecerá la formación dual profesional en su oferta formativa, las universidades públicas impulsarán los programas de educación superior dual necesarios y el Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada autorizará los programas de educación superior dual que le propongan las universidades privadas.

Para optar a los programas de eduación dual, los estudiantes deberán tener una edad de al menos 15 años.

Reglas del juego

El texto fija derechos y obligaciones para las partes: centros educativos, estudiantes y empresas. (Foto con fines ilustrativos).

El proyecto fija derechos y obligaciones para los estudiantes, los centros educativos y las empresas.

En el caso de los centros educativos, éstas serán sus obligaciones:

  • Proporcionar a los estudiantes, una vez que finalice el programa, una constancia de competencia de acuerdo con la evaluación que haya realizado para esos efectos. Las competencias adquiridas podrán ser reconocidas en los programas de instituciones educativas superiores, como parte de la educación continua y permanente.
  • Emitir un diploma de acuerdo con lo establecido en el Marco Nacional de Calificaciones.
  • Asegurar el acompañamiento pedagógico de los estudiantes durante el tiempo de ejecución del programa.
  • Suministrar a los estudiantes los medios didácticos disponibles para su proceso de educación, de acuerdo con las posibilidades y necesidades existentes.
  • Realizar el proceso de reclutamiento y selección de los interesados de acuerdo con las necesidades de cada empresa o centro de formación para la empleabilidad y cada programa.
  • Velar por el cumplimiento de las obligaciones de las empresas o centros de formación para la empleabilidad.

Los derechos y obligaciones de los estudiantes son los siguientes:

  • Ser reconocidos y respetados dentro de la empresa o centro de formación para la empleabilidad.
  • Tener un ambiente libre de todo tipo de discriminación, acoso y hostigamiento.
  • Ser visitados en las empresas o centros de formación para la empleabilidad por los docentes asignados por el centro educativo al que pertenecen.
  • Recibir de parte de la empresa o centro de formación para la empleabilidad los elementos de seguridad personal requeridos.
  • Solicitar un cambio de empresa o centro de formación para la empleabilidad cuando hayan sufrido maltrato físico o psicológico o cuando ocurra incumplimiento de las obligaciones de la empresa.
  • Cumplir con la normativa establecida en los reglamentos del centro educativo donde se encuentran matriculados.
  • Cumplir con las reglas de convivencia y comportamiento, así como las normas de seguridad en la empresa o centro de formación para la empleabilidad.
  • Seguir las instrucciones de las personas mentoras y docentes en su proceso formativo.
  • Someterse a las evaluaciones establecidas en el programa.

El Instituto Nacional de Seguros otorgará descuentos a las empresas en las pólizas para cubrir a los estudiantes. (CRH).

En el caso de las empresas, éstas serán sus obligaciones:

  • Facilitar una formación metódica y sistemática de acuerdo con el programa de estudios.
  • Suministrar a los estudiantes los medios y demás recursos formativos disponibles.
  • Permitir al personal del centro educativo visitar las instalaciones de la empresa o centro de formación para la empleabilidad y facilitar el cumplimiento de sus obligaciones.
  • Informar al centro educativo sobre aquellas situaciones o faltas en las que incurran los estudiantes durante su periodo de formación, para tomar en conjunto las  medidas correctivas o decisiones del caso.
  • Realizar las evaluaciones de los estudiantes.
  • Adquirir las respectivas pólizas para cubrir a los estudiantes. Se autoriza al Instituto Nacional de Seguros (INS) a otorgar descuentos a la empresas o centros de formación para la empleabilidad.
  • Cumplir con las obligaciones establecidas en el Código de la Niñez y la Adolescencia y la Ley Contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia.
  • Brindar un adecuado espacio físico para los estudiantes donde se les asegure el resguardo de su integridad física, moral y psicológica. Así como un lugar adecuado para alimentarse y resguardar sus pertenencias.

Becas y apoyos

billetes, dinero, colones

Los estudiantes podrán optar a becas y préstamos para apoyarse. (CRH).

El proyecto establece la creación de un fondo especial de becas para los estudiantes que se matriculen en los programas de educación dual.

El fondo estará a cargo del INA que deberá asignarle como mínimo un 1% de su presupuesto ordinario anual.

Los recursos servirán para que los estudiantes se ayuden con gastos de alimentación, transporte y vestimenta.

Las empresas que opten por participar en los programas deberán hacer un aporte al fondo de ¢120 mil al mes por cada estudiante que reciban, pero se exime de ello a las pequeñas y medianas empresas.

Se autoriza a todas las instituciones públicas que ofrezcan becas o administren fondos para tales fines a  otorgar ayudas o subsidios a los estudiantes y a la Comisión Nacional de Préstamos para la Educación (Conape) a conceder créditos a los estudiantes.

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