En sencillo: así operará la restricción vehicular sanitaria entre el 9 y el 31 de agosto
Salvo excepciones, vehículos no podrán circular entre 10:00 p.m. y 5:00 a.m.
(CRHoy.com). En este gráfico, CRHoy.com le muestra cómo funcionará la restricción vehicular sanitaria entre el 9 y el 31 de agosto.
El principal ajuste, anunciado este viernes por el gobierno al sector comercial, es el inicio de la medida a las 10:00 p.m. (en vez de las 9:00 p.m.).
Así las cosas, nadie podrá circular (salvo las excepciones ampliamente conocidas) entre las 10:00 p.m. y las 5:00 a.m.
De igual forma, el formato de limitación para 2 placas por día se mantendrá.
No circulan:
- Lunes: Placas terminadas en 1 y 2.
- Martes: Placas terminadas en 3 y 4.
- Miércoles: Placas terminadas en 5 y 6.
- Jueves: Placas terminadas en 7 y 8.
- Viernes: Placas terminadas en 9 y 0.
La restricción vehicular sanitaria funciona desde marzo de 2020 como estrategia para frenar la propagación del coronavirus COVID-19.
Actualmente, la multa por incumplir la disposición asciende a los 110 mil colones.
*Esta nota se actualizó a la 1:45 p.m., con el anuncio oficial del gobierno.