Expertos: vicios en proyecto sobre huelgas son subsanables
Eliminar párrafos cuestionados por Sala IV es la vía más sencilla

Los expertos consultados aseguraron que los vicios apuntados por la Sala Constitucional en el proyecto de ley para regular el derecho a huelga son subsanables. (CRH).
(CRHoy.com) -Los vicios -de fondo y de procedimiento- señalados por la Sala Constitucional en el proyecto de ley para frenar abusos en huelgas son subsanables.
Así lo consideran Carlos Arguedas, exdiputado del Partido Liberación Nacional (PLN) y exmagistrado constitucional titular, y Marco Durante, experto laboralista.
El Tribunal Constitucional -en el fallo emitido el viernes pasado- detectó un vicio de inconstitucionalidad de fondo y uno de procedimiento en los artículos consultados por los legisladores.
El primero consiste en un párrafo que se propuso agregar al artículo 350 del Código de Trabajo relacionado con la disolución de sindicatos por conductas delictivas de sus dirigentes.
El segundo es un vicio de procedimiento porque la Asamblea Legislativa no consultó a la Corte Suprema de Justicia si haber incluido los servicios judiciales y auxiliares de administración de justicia en la lista de servicios esenciales -en los cuales quedarán absolutamente prohibidas las huelgas- afecta o no el funcionamiento del Poder Judicial.
En los últimos días han circulado versiones que indican que ambos vicios -pero principalmente el de procedimiento- coloca al proyecto de ley en un escenario complicado y hasta riesgoso.
Sin embargo, Arguedas y Durante coinciden en que existen escenarios para enmendar los errores detectados por la Sala IV.
¿Qué hacer?

El exmagistrado y exdiputado Carlos Arguedas aseguró que una opción es eliminar los párrafos cuestionados por la Sala IV. (CRH).
El exmagistrado Arguedas explicó que lo primero es que el proyecto de ley necesariamente debe ser estudiado en la Comisión de Consultas de Constitucionalidad de la Asamblea Legislativa, de la cual fue presidente en el cuatrienio anterior.
La comisión tendrá que hacer al Plenario Legislativo una propuesta sobre las consecuencias procedimientales de lo resuelto por la Sala.
Dijo que la opinión de la Sala sobre el vicio de procedimiento sí es vinculante para el Congreso, pero no es igual con el caso del vicio de fondo señalado.
Expresó que existe la posibilidad de que el proyecto sea devuelto al trámite parlamentario antes del momento en el que se generó el vicio de procedimiento, pero reconoció que "es susceptible de ser enmendado eliminando la disposición que ocasiona el problema a posteriori y, en consecuencia, proseguir con el procedimiento regular".
Al excongresista se le consultó si con eliminar el párrafo que generó el vicio de procedimiento se podría enmendar el problema.
"Una posibilidad sería devolver el proyecto a la comisión dictaminadora -si lo recomienda la Comisión de Consultas de Constitucionalidad- y ahí eliminar la disposición que compromete la constitucionalidad del proyecto, de manera que prosiga sin esa disposición y se pueda aprobar en primer debate. Eso implicaría aplicar el principio de conservación de las normas, es decir, ¿para qué vamos a hacer más complicada la cuestión si eliminando ciertas cosas se aviene nuestro procedimiento con lo que ha decidido la Sala?", amplió.
Durante coincidió con Arguedas en el sentido de que lo más sencillo es eliminar los párrafos cuestionados por la Sala Constitucional relacionados con los vicios de fondo y de procedimiento.
Explicó que en relación con el vicio de procedimiento existen dos posibilidades.
Una es enviar la consulta a la Corte Plena para que se pronuncie si haber incluido los servicios judiciales en la lista de servicios esenciales afecta o no el funcionamiento del Poder Judicial.
En caso de que la Corte responda que no, no habría mayor problema, pero si asegura que sí, el escenario sería distinto porque el proyecto no podría continuar por la vía rápida que se le aplicó. Esto, por cuanto las iniciativas que afectan el funcionamiento del Poder Judicial requieren mayoría calificada, es decir, 38 votos.
La otra posibilidad es eliminar el párrafo que originó el vicio de procedimiento sin necesidad de hacer la consulta a la Corte.
"Si se elimina ese inciso, ya subiría de comisión a Plenario para votación (…) La opción que parece más sencilla es eliminar de una vez ese inciso que no fue consultado", subrayó.
Los servicios judiciales que los legisladores incluyeron en la lista de servicios esenciales son los siguientes: servicios en materia laboral, derechos fundamentales, derechos de familia, pensiones alimentarias, violencia intrafamiliar, contravenciones y flagrancia, levantamiento, práctica de autopsias y posterior entrega de cuerpos, así como los servicios médico-forense que impliquen atención urgente.
El presidente del Congreso, Carlos Ricardo Benavides, reconoció este lunes que se inclina por proponer eliminar los párrafos cuestionados del texto y su compañera de bancada, Yorleni León, aseguró que de hecho ese es el camino que seguirán.
