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Expresidente Solís y exfuncionarios afrontan reclamo de ₡57 millones por caso Bancrédito

Exmandatario, 2 exministros y 2 funcionarios de Hacienda afrontarán juicio por supuesta influencia contra la Hacienda pública

Por José Adelio Murillo | 9 de Dic. 2024 | 11:08 am

El expresidente de la República, Luis Guillermo Solís y otros 4 altos exfuncionarios durante su gobierno, deberán afrontar un reclamo económico y una posible indemnización por ₡57 millones, ante los eventuales daños que habrían provocado en el caso Bancrédito, si llegan a ser declarados culpables.

El Juzgado Penal de Hacienda y de la Función Pública admitió la acción civil resarcitoria interpuesta por la Procuraduría General de la República, tras un análisis realizado durante la audiencia preliminar que se llevó a cabo el mes pasado.

Este proceso legal es paralelo a la acusación penal que motivó la apertura de un juicio por el supuesto delito de influencia contra la Hacienda pública, dado que a Solís Rivera y 4 personas de su administración se les acusó de maniobras para evitar la probable quiebra del Banco Crédito Agrícola de Cartago (Bancrédito).

Esto mediante el traslado de montos por ¢100 mil millones y $50 millones del Ministerio de Hacienda al banco estatal entre marzo y abril del 2017, con el fin de "salvarlo" de la quiebra.

Todo esto no significa que el exmandatario y los demás acusados deben pagar el dinero ya, sino que el juez a cargo verificó que la solicitud de indemnización cumple con los requisitos de ley y deberá ser analizada junto con la acusación penal cuando se fije la fecha para el juicio ante un Tribunal.

Así se desprende de la resolución que ordenó la apertura a juicio, documento al cual crhoy.com tuvo acceso:

(…) Se admite la acción civil resarcitoria y la totalidad de los hechos que se han establecido en el escrito original más la corrección de los hechos, que se hizo por parte del Ministerio Público (que más adelante se detallará) que son los mismos de la acción civil, mismos que serán el objeto de sentencia civil.

Asimismo y de forma prudencial y provisional se admiten las pretensiones concretadas por el representante del actor civil en la Audiencia Preliminar, fijando el daño social en cincuenta y siete millones de colones (57.000.000.00). 

Este reclamo económico también deberán afrontarlo el exjerarca de Hacienda, Helio Fallas Venegas y el exministro de Presidencia, Sergio Alfaro Salas; así como la exviceministra de Egresos y extesorera nacional, Martha Cubillo Jiménez, y el ex subtesorero nacional, Mauricio Arroyo Rivera. Este último también fue acusado de falsedad ideológica.

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De acuerdo con la Procuraduría, los ₡57 millones corresponden a una cifra que se pretende por la supuesta responsabilidad compartida de los hechos cometidos.

No obstante, no todos tendrían que pagar ₡11,4 millones cada uno, porque en la acción civil resarcitoria se establecieron diferentes montos para cada imputado. El total a pagar por cada uno de los sospechosos deberá ser definido en el contradictorio.

Los abogados defensores Róger Guevara, José Luis Campos, Marvin Carvajal, Álvaro Villalobos y Fernando Arce se opusieron a la acción civil resarcitoria y solicitaron al Juzgado declararla inadmisible, dado que, a su criterio, no cumplía los requerimientos civiles mínimos.

Adicionalmente, los juristas manifestaron que la pieza acusatoria y la acción civil "no describían conductas que se ajustaran al delito de Influencia contra la Hacienda Pública y, por lo tanto, la presunta conducta de los imputados (as) era atípica". Así lo resumió el juez en su fallo:

También se señaló que no existió lesión a los bienes jurídicos tutelados pues de lo que se trató fue de una salvaguarda del interés público, misma situación que fue indicada por los imputados durante sus deposiciones en la Audiencia Preliminar.

Por último, se indicó que existió una causa de justificación pues existió un cumplimiento de un deber por parte de los imputados.

El Juzgado además aceptó varias publicaciones de medios de comunicación hechas en el año 2021, como prueba documental que evidenciaría que las inversiones -aparentemente anómalas- fueron conocimiento de la sociedad costarricense.

La indemnización además pretende esa cantidad de dinero por daño social, la Procuraduría no elevó reclamos por concepto de daño material.

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Defensores se oponen

De acuerdo con la acusación del Ministerio Público, los imputados habrían acordado trasladar dinero de la Tesorería Nacional al banco estatal ya extinto, sin sustento técnico y con una posibilidad de retorno sumamente baja.

El movimiento supuestamente ocurrió con el objetivo de que la entidad financiera aparentara contar con un índice de liquidez suficiente.

Al parecer, la maniobra era para impedir que el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) decretara la intervención del banco tras serios problemas de liquidez, y por ende evitar un impacto en la imagen de dicho gobierno del Partido Acción Ciudadana (PAC).

Marvin Carvajal, uno de los abogados defensores, señaló a crhoy.com que respetan la orden del juez para elevar a juicio el caso Bancrédito. Sin embargo, no comparten la decisión, dado que no se consideraron todos los argumentos que ellos presentaron.

No toma en cuenta todos los elementos probatorios y argumentativos que la defensa de forma muy amplia ofreció, a diferencia de las otras partes en el proceso.

Pero respetamos la majestad y la autoridad de la justicia y entendemos que es un proceso al que tendremos que participar y allí ante un Tribunal con la capacidad probatoria que se tiene en un juicio oral, podremos demostrar que las actuaciones de las personas que intervinieron en ese proceso fueron total y estrictamente apegadas a la búsqueda del interés público, al logro de la mejor forma de conseguir un cierre ordenado del Banco Crédito Agrícola de Cartago, que permitiera salir de operaciones comerciales sin que ningún empleado, sin que ningún acreedor, sin que ningún ahorrante dejara de recibir el monto de sus inversiones.

Al caso se le asignó el expediente 20-000115-1218-PE. La Contraloría General de la República (CGR) en su momento interpuso una acusación privada, mientras que la Procuraduría General de la República (PGR) acudió a la presentación de una acción civil resarcitoria contra los imputados.

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