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Fondo de empleados de Recope operó décadas con uso “abusivo” de recursos públicos

Refinadora, mediante tarifas cobradas a consumidores, financiaba 75% de gastos operativos del fondo

Por Pablo Rojas | 6 de Nov. 2019 | 12:03 am

(CRHoy.com). Durante casi cuatro décadas, el aporte obligatorio dado por la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope) al Fondo de Ahorro, Préstamo, Vivienda, Recreación y Garantía de los trabajadores de la institución fue "abusivo".

Así lo consideró la Sala Constitucional en la resolución 2019-009226, con fecha del 22 de mayo de 2019, tras analizar acciones de inconstitucionalidad planteadas en 2016 por el exdiputado libertario Otto Guevara y el presidente de la Cámara de Industrias de Costa Rica (CICR), Enrique Egloff contra distintas cláusulas de la convención colectiva de la refinadora.

El fondo, creado en 1978 entre la empresa y el Sindicato de Trabajadores Petroleros, Químicos y Afines (Sitrapequia), recibe aportes mensuales del 10% de la planilla institucional y del 5% de los funcionarios vigentes. Es decir, como parte del financiamiento proviene de la refinadora, los recursos obtenidos nacen del bolsillo de los consumidores de combustible.

Sin embargo, el aspecto más cuestionado por el fallo constitucional tiene que ver con el aporte que hizo Recope entre 1979 y 2016 para costear el 75% de los gastos operativos del fondo en rubros como personal administrativo, contabilidad, asesoría legal y auditoría interna.

"La contribución que el patrono hace al fondo sobre la planilla de la empresa, junto con los trabajadores, no apareja el mismo problema que se detecta con el otorgamiento de un pago salarial, indirecto, de un 75% de los salarios que recibe el personal administrativo de contabilidad, los asesores legales y de la auditoría interna, toda vez que ello sí conlleva un ejercicio abusivo del uso de los fondos públicos", advirtió la resolución del tribunal.

Para los magistrados, existen principios de razonabilidad y proporcionalidad en el buen uso de los recursos públicos que no admiten un derroche cuando no se cumplen los objetivos de la empresa. Incluso, también consideran que el aporte patronal mensual del 10% de la planilla institucional no puede ser permanente o sostenido en el tiempo. 

"De este modo, se estima que no guarda relación directa con un beneficio a Recope, aunque sí para los trabajadores, especialmente el ahorro de un recurso humano que lo recibe el fondo,  pero si no es justificado indefinidamente, se traduce en un uso indebido de los recursos públicos.

"Una situación es la instalación del fondo como tal. De manera que la empresa ayuda a paliar los costos del establecimiento inicial de su estructura administrativa, de manera que los costos no recayeran sobre un incipiente fondo de trabajadores, y otra cosa es la obligación de asumir salarios casi 40 años después de su constitución", subraya el fallo.

En términos financieros, el privilegio abusivo de financiar la operatividad del fondo le consumió a Recope más de ₡459 millones en 2018. A abril de este año, la cifra rondaba los ₡125 millones.

"Pudo ser razonable en el momento en que se iniciaba el fondo, pero tantos años después parece lógico que la propia estructura administrativa del fondo, una vez consolidada, asumiera los costos de un 75% de los salarios que se paga. Sin embargo, por de la forma en que está estructurado, queda a cargo de los consumidores a través del precio de los combustibles", recalcaron los magistrados en el análisis.

Cambios y privacidad

Con la renegociación de la convención colectiva en 2016, Recope y Sitrapequia acordaron que –a partir de ese año- el aporte institucional para gastos operativos se reduciría en un 10% anual hasta quedar en 0% a 2023.

"A partir del año 2023, el fondo asumirá la totalidad de sus gastos de Administración, ocntabilidad, Asesoría Legal y Auditoría Interna (…) Los aportes al fondo y las obligaciones con el mismo tendrán prioridad sobre cualquier otra, salvo por pensión alimenticia", detalló el documento laboral vigente para el período 2016-2019.

Así las cosas, para 2020 el aporte de la refinadora para gastos operativos sería del 25%.

Además, el 4 de setiembre pasado, la Contraloría General de la República (CGR) determinó que no puede ejercer ninguna fiscalización sobre los dineros que transfiere Recope al fondo de trabajadores.

Según un criterio de la Contraloría, emitido el 4 de setiembre pasado, el fondo es un sujeto de derecho privado, pues así fue creado mediante la Ley 8847, "como organización social sin fines de lucro subjetivo, y cuenta con personalidad jurídica propia".

El ente contralor indicó que los recursos que se transfieren son de origen público, pero cuando ingresan a éste se convierten en recursos privados.

"Los titulares de dichos recursos son los trabajadores y además la finalidad de éstos se dirige al bienestar de los miembros integrantes del fondo y de sus familias, por ende, responden a intereses del ámbito privado y particular de dichos trabajadores", expuso la CGR.

De igual forma, la auditoría interna de Recope tampoco puede fiscalizar los recursos públicos que se le dan al fondo, ya que la misma cuenta con su propia auditoría interna y además una auditoría externa anual.

"De esta forma, el fondo cuenta con una unidad de auditoría propia que tiene bajo su cargo la fiscalización sobre los recursos del Fondo, y por la naturaleza privada del fondo, de los recursos y actividades auditables, no forma parte del sistema de control interno que dispone la Ley General de Control Interno n.° 8292 del 4 de setiembre de 2002", expuso la CGR.

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