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Informe de psicología sobre Ofelia Taitelbaum: “Acepta la culpa de sus hechos y hace mención al daño causado”

Juzgado de Ejecución de la Pena ordenó el arresto domiciliario con monitoreo electrónico tras 14 meses en prisión debido a padecimientos médicos acreditados

Por Álvaro Sánchez | 17 de Dic. 2025 | 3:58 am

La resolución N° 202500288 en donde la jueza Carla Bonilla Ballestero, del Juzgado de Ejecución de la Pena, le otorgó arresto domiciliario con monitoreo electrónico a la ex Defensora de los Habitantes, Ofelia Taitelbaum, toma en cuenta un informe de psicología en el cual la sentenciada reconoce que "no estuvo bien su actuar ya que le provocó un daño muy grande a la víctima, la familia y a la sociedad".

CR Hoy dio a conocer que Taitelbaum, que cumple una condena de 7 años y 5 meses de cárcel, ya no estará recluida en el Centro de Atención Institucional (CAI), Vilma Curling, debido a los padecimientos crónicos que fueron acreditados con dictámenes médicos y testimonios del esposo, una reclusa, doctores y otros especialistas que la han atendido. La jueza ordenó que termine de cumplir la pena de prisión en su casa con monitoreo electrónico y con permisos establecidos para tratamientos y citas médicas.

El informe de psicología, el cual toma en cuenta la jueza dentro de su resolución dice lo siguiente:

"Dentro de los avances presentados se muestra accesible a la atención profesional, reconoce que no estuvo bien su actuar ya que le provocó un daño muy grande a la víctima, la familia y a la sociedad, es clara que ella se desempeño en un puesto donde apoyó a personas desprotegidas y no lo hizo con la persona afectada.

De estas referencias, se destaca que la gestionante efectivamente se encuentra en proceso de atención profesional, ello con la finalidad de que se genere en la persona sentenciada realice no solo la conciencia en relación a la comisión del hecho delictivo sino además a las consecuencias o daños generados con su actuar. Sin embargo, no puede obviarse que se está en una etapa prematura en relación con dicho abordaje y por ende aún existe} atención técnica por realizar a fin de que exista un mayor avance en cuanto al reconocimiento del delito así como la afectación al menos de la víctima directa, la familia y a la sociedad, máxime tomando en consideración que la misma había sido una persona que se desempeño en puestos para ayudar a personas vulnerables. Aunado a ello, existe total apertura de la sentenciada en recibir el apoyo profesional respectivo para adquirir, desarrollar y fortalecer todos los temas relacionados con valores y delito.

Al realizar un estudio de los informes de psicología, trabajo social y orientación; resulta claro que a este momento del cumplimiento de la pena de prisión, resulta ser totalmente esperable que la persona privada de libertad se encuentre en un proceso de atención profesional que la haga entender y comprender las razones por las que incurre en la comisión del delito", señala el informe.

Dicho documento, además, sostiene que la ex Defensora de los Habitantes reconoce la culpa de los hechos ocurridos en el 2014 y por los cuales fue condenada. En julio de ese año, Taitelbaum renunció como jerarca de la Defensoría de los Habitantes tras una denuncia pública de la costurera María de los Ángeles Otárola, quien aseguró que se le negó asegurar a su hijo ante la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

La negativa se basó en registros de la Dirección General de Tributación a nombre de Otárola por más de ₡30 millones, correspondientes a supuestos servicios profesionales brindados a tres empresas vinculadas con Taitelbaum. Sin embargo, la mujer nunca prestó esos servicios ni recibió los montos consignados.

Tras hacerse pública la denuncia, también trascendió una conversación telefónica en la que la entonces defensora le pedía a Otárola que se retractara ante la prensa. A cambio, le ofrecía asumir la deuda con Hacienda, agilizar trámites para que obtuviera una pensión y ayudarle a conseguir una vivienda.

Sobre el particular, el informe de psicología contenido en la resolución agrega:

"…acepta la culpa de sus hechos, mencionando afectaciones a la víctima directa, tales como; que la persona no se podía asegurar y el daño moral causado. Asimismo, hace mención al daño causado a la sociedad por el perjuicio hacia el fisco que no recibió el dinero requerido para realizar obras de ayuda social o de bien para el estado. Menciona que fue un acto irresponsable de su parte al no haberse asesorado a nivel legal e involucrar a terceras personas en actos que a la postre eran contrarios a la ley. La privada de libertad señala que es totalmente su culpa, ya que ella fue la que tomó la decisión irresponsable por su propia voluntad", dice el documento.

La ex Defensora de los Habitantes, Ofelia Taitelbaum, fue sentenciada por 29 delitos de uso de documento falso y aunque el caso llegó a Casación, la pena fue confirmada y en su momento se giró una orden de captura.

 

"Conllevó infinidad de pruebas"; defensora de Taitelbaum

Según la defensa de la sentenciada, la abogada Alejandra Araya, existen situaciones personales y una serie de padecimientos científicamente demostrados que resultan incompatibles con la atención en el sistema penitenciario. Por ello, se realizaron valoraciones e intervenciones a nivel forense, que la jueza utilizó como base para la decisión.

"La defensa lo que hace es tomar particularidad de las condiciones personales de la sentenciada. En este caso, haciendo eco de lo que son los derechos humanos del adulto mayor, las condiciones y la carencia que hay en el centro penal, en particular, el Vilma Curling que no ayuda a tener como probable una ejecución condicional, con el respeto que se tiene que tener.

No podemos olvidar que es un delito ordinario, que es una persona que ya está en sus 78 años de edad y que traía un histórico de enfermedades bastante preocupantes y con un deterioro significativo importante en estos meses que estuvo aprisionada, que ha estado en su ejecución de la pena. No es una cuestión antojadiza.

Conllevó una infinidad pruebas no solamente periciales del más alto nivel forense. Y quiero decir forense, porque es dentro de los auxiliares del Poder Judicial, para que no se vaya a decir que es un perito a dedo, particular o que nosotros llevamos nuestros médicos, para nada.

Toda la gestión las hizo la señora jueza y de manera muy detallada, de manera muy cuidadosa, siempre en protección como corresponde ella con su grado de autoridad de establecer las condiciones y el resguardo propio de los derechos del privado de libertad", añadió Araya.

La jueza dictó la resolución el cambio de prisión a arresto domiciliario, luego de realizar una audiencia oral el 27 de agosto anterior, en la cual rindieron declaración un médico tratando de la sentenciada, el esposo, una reclusa y una fisioterapeuta. La misma Taitelbaum por medio de un audio aseguró que sentía mucho dolor por sus padecimientos:

"La sentenciada Ofelia Taitelbaum manifiesta que ella se está muriendo en ese lugar, tiene mucho dolor y los mismos son casi imposible de soportarlos, toma aspirinas para disminuir el dolor. Considera que por su condición de salud podría continuar descontando la pena de otra manera; ya que en el CAI no hay ninguna condición para que una persona adulta mayor pueda estar", dijo la privada de libertad en un audio, dice el documento.

Relato de compañera de celda

Por su parte, una de las compañeras de ámbito explicó que generalmente deben ayudarla a realizar tareas básicas debido a sus padecimientos y dolencias.

"La privada de libertad Vargas Granados, compañera de dormitorio de la sentenciada, indica que ella fue quien recibió a la Ofelia, la ha visto con varios cambios entre ellos depresión, dificultad en el caminar, además a visto la inflamación en su brazo izquierdo así como que la escucha quejarse por el dolor en las caderas. Indica que ella en algunas ocasiones le ha tenido que ayudarle para vestirse y para levantarse del baño ya que el servicio sanitario está muy bajo.

En ocasiones se ha tenido que levantar de la cama por el dolor y ella la sienta en una banca de cemento ya que no hay sillones ni nada que sea cómodo. Es muy limitada la posibilidad de que ella pueda hacer ejercicios ya que solo han botellas para hacerlo. No le es posible lavar, por lo que ella y otras compañeras le brindan ayuda para bañarse, peinarse, destapar la bandeja de alimentos, corte de uñas, entre otros. Agrega que ya sufrió una caída como a los 3 o 4 meses de haber ingresado. En ocasiones cuando sufre dolor han llamado a los policías pero ellos son quienes deciden si es una emergencia o no. Ella camina despacio. El CAI carece de un plan para atender a las personas adultas mayores, siendo que Ofelia es la única con una edad tan avanzada. Cuando la llevaron a la cita con el doctor particular, ella volvió llorando y nos dijo que como le habían colocado las esposas y en razón del traslado tenía mucho dolor (intervención completa en audio)", consta en la resolución de la cual tiene copia CR Hoy.

La jueza del Juzgado de Ejecución de la Pena logró establecer por medio de pericias forenses que Taitelbaum cuenta con dislocación de cadera, debe tener cuidados debido a un cáncer que le fue operado y otros padecimientos que, debido a las condiciones de la cárcel, le impiden mantener un buen estado de salud.

"Resulta evidente que la sentenciada, tanto por su avanzada edad así como por sus padecimientos, tendría una mejor atención y calidad de vida estando bajo otra modalidad de custodia, pues el CAI Vilma Curling a pesar de los esfuerzos que realiza, no puede brindar la atención para con esta población vulnerable no solo por la privación de libertad sino además por su edad y estado de salud; resultando acertada la recomendación realizada por los peritos de la Sección Clínica Médico Forense, en tanto el estar ubicado en otro espacio disminuiría el deterioro mental y de salud de la sentenciada", concluyó la jueza Carla Bonilla Ballestero.

Si embargo, el Instituto Nacional de Criminología del Ministerio de Justicia recomendó al Juzgado de Ejecución de la Pena no conceder el beneficio de arresto domiciliario con monitoreo electrónico a la sentenciada bajo el argumento de que "si bien se acreditan diversos padecimientos crónicos y condiciones medicas asociadas a la edad de la persona privada de libertad, tales como hipertensión arterial, linfedema crónico, artrosis y antecedentes oncológicos, los informes médicos y psicológicos aportados no demuestran que dichos diagnósticos sean incompatibles con la vida en reclusión, ni que requieran obligatoriamente de un tratamiento especializado fuera del centro penal".

 

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