Juzgado ordenó la detención de señor de 71 años que debía pensión alimentaria
(CRHoy.com)- La Sala Constitucional dio la razón a un adulto mayor de 71 años al que el Juzgado Contravencional de Quepos le dictó orden de apremio por pensión alimentaria.
De acuerdo con lo que planteó el afectado, mantiene una deuda de 129 mil colones por el pago de la pensión, aguinaldo y salario escolar que no pudo cancelar. Su hija impuso ante el Juzgado la orden de apremio y la entidad judicial la ejecutó el pasado 22 de febrero, pese a que la ley establece que las detenciones por pensión alimentaria no se pueden aplicar a personas de 71 años o más.
Debido al error, el Juzgado se retractó, echando para atrás con la orden de arresto contra el señor, pero esto hasta el pasado 29 de marzo.
Por tal razón, los magistrados de la Sala determinaron que efectivamente se habían violentado los derechos de la persona, al privarse de su libertad en un proceso que era contrario a la ley.
Se desconoce la edad de la hija del recurrente.
"La orden de apremio corporal dictada por la autoridad jurisdiccional recurrida resulta ilegal, pues ignoró que el tutelado es persona de 71 años. Dicha orden, además, se mantuvo vigente durante un plazo mayor a un mes, siendo que a la fecha de interposición de este recurso de habeas corpus, la misma no se había dejado sin efecto, es decir, el error del Juzgado Contravencional no había sido subsanado, poniendo en riesgo la libertad del tutelado. Aún cuando este no se mantuvo en apremio corporal, lo cierto es que la vigencia de la orden de apremio amenazó su libertad personal", indicó la Sala.
La Sala determinó que debido a que la medida ya había sido corregida, el fallo solo tenían fines indemnizatorios a favor del recurrente.
