Llamado de Albino Vargas a bloquear vías y fronteras podría ser un delito
Sindicalista no habló de fechas pero aseguró que paro debería ser de hasta 48 horas
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(CRHoy.com) Albino Vargas, secretario general de la Asociación Nacional de Empleados Públicos (ANEP), hizo un llamado este lunes a que los diferentes sectores sociales se levanten en un gran paro nacional con el cual se bloqueen fronteras y las principales vías del país.
En un video dado a conocer por CRHoy.com, se escucha como Vargas pide a los sindicatos unirse en un movimiento de entre 24 y 48 horas que paralice el país y se obstaculicen carreteras y fronteras, con el fin de llamar la atención del Gobierno, de concretarse lo que propone el dirigente sindical podría estar incurriendo en un delito.
"La tesis de paro nacional es correcta, hay que proponer un gran paro nacional, pero de verdad. Hay que cerrar fronteras, cerrar la 27, cerrar la 32, cerrar Ochomogo, hasta obligar a que se sienten en la mesa los que nos ningunean", dijo Vargas.
De acuerdo con Ewald Acuña, abogado penalista, lo propuesto por Vargas podría ser catalogado como delito, al tratarse de un llamado a entorpecer los servicios públicos, solo bajo esas circunstancias estaría incurriendo en el delito de "Instigación Pública".
No obstante Acuña advierte que no se debe confundir el derecho a la protesta del cual goza como ciudadano y sindicalista con dicho delito.
"El contenido (mensaje) es lo que va a hacer la diferencia de si está ejerciendo legítimamente el derecho a la protesta o si está llamando a la instigación pública. Lo otro si se diera efectivamente el bloqueo de vías públicas, fronteras o el entorpecimiento de servicios públicos, podría configurarse otros delitos como el de obstrucción de vías", explicó Acuña.
De momento ni la ANEP, ni el Encuentro Social Multisectorial, ni el sindicalista han manifestado cuándo podría llevarse a cabo dicho paro.
Sin embargo, a pesar de que obstruir vías públicas constituye un delito, en la mayoría de los casos, ninguna persona va a la cárcel por tratarse de un delito cuya pena es muy baja.
El Código Penal establece lo siguiente:
Entorpecimiento de servicios públicos
Artículo 263.-Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que sin crear situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua y aire a los servicios públicos de comunicación o de sustancias energéticas.
Obstrucción de la vía pública
Artículo 263 Bis. – Se impondrá pena de diez a treinta días de prisión a quien, sin autorización de las autoridades competentes, impidiere, obstruyere o dificultare, en alguna forma, el tránsito vehicular o el movimiento de transeúntes".
Motín
Artículo 304.-Serán reprimidos con prisión de uno a cuatro años los que se alzaren públicamente en número de diez o más, para impedir la ejecución de leyes o de las resoluciones de los funcionarios públicos o para obligarles a tomar alguna medida u otorgar alguna concesión. Menosprecio para los símbolos nacionales.
Molestias a transeúntes o conductores
El Artículo 400- Será castigado con pena de cinco a treinta días multa al que obstruya o, en alguna forma, dificulte el tránsito en las vías públicas o sus aceras, con materiales, escombros u objetos, o las cruce con vehículos, vigas, alambres u objetos análogos, sin valerse de los medios requeridos por el caso para evitar daño o molestia a los transeúntes o conductores, si se hubieran colocado sin licencia de la autoridad competente.
ENCUENTRO SOCIAL MULTISECTORIAL acuerda: proponer a las demás fuerzas sociales diversas, sindicales, estudiantiles, cívicas, patrióticas…, una unidad de acción para efectuar un GRAN PARO NACIONAL UNITARIO en fecha próxima y trabajar conjuntamente todos los detalles!
— Albino Vargas (@AlbinoVargasB) 9 de septiembre de 2019