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Lo que debe saber de los incentivos al transporte eléctrico

Proyecto exoneraría del pago de impuestos únicamente a los vehículos eléctricos

Por Alexánder Ramírez | 21 de Ago. 2017 | 12:02 am

El proyecto de ley está listo para ser discutido y votado en el Plenario Legislativo. (CRH)

Después de superar muchos obstáculos en la Asamblea Legislativa, los diputados avalaron un nuevo texto que busca incentivar el uso del transporte eléctrico en el país.

La Comisión de Gobierno y Administración del Congreso aprobó el miércoles anterior la propuesta que incluye modificaciones y ahora el proyecto está listo para su discusión y votación en el Plenario Legislativo.

¿En qué consisten los incentivos que la ley otorgaría para el uso del transporte eléctrico? Esta guía le servirá para comprender la iniciativa.

El proyecto establece incentivos de carácter económico y facilidades de circulación con el fin de promover el transporte eléctrico.

Los beneficios serían los siguientes:

  • Los vehículos eléctricos quedarían exentos del pago de los impuestos selectivo de consumo, de ventas y del impuesto del 1% sobre el valor aduanero.
  • La gradualidad de las exoneraciones fiscales se aplicaría de acuerdo con el valor de ingreso al país de los vehículos.

La tabla que se aplicaría para esos efectos sería esta:

Con esas exoneraciones, el costo de los vehículos eléctricos importados podría disminuir hasta un 44%.

  • Para el cálculo del valor del vehículo se usaría el valor CIF en aduanas para los vehículos importados y el valor de fabricación para los ensamblados o producidos en territorio nacional.
  • Las exoneraciones se aplicarían por una única vez y tendrían una vigencia de cinco años a partir de la publicación de la ley.
  • La suma de las exoneraciones no podría exceder el monto equivalente a 24 salarios base, pero este límite no se aplicaría a vehículos de transporte público o de carga.

Otras facilidades

La iniciativa pretende promover el uso del transporte eléctrico en el país. (CRH)

De acuerdo con el texto, también se otorgarían otros beneficios como los siguientes:

  • Se exoneraría del impuesto sobre las ventas y del impuesto selectivo de consumo los repuestos relacionados con el funcionamiento del motor eléctrico y las baterías de los vehículos eléctricos.
  • Estas exoneraciones tendrían una vigencia de 10 años a partir de la publicación de la ley.
  • Los ministerios de Ambiente y Energía y de Hacienda emitirían un reglamento para regular estas exoneraciones.
  • Los equipos para ensamblaje y producción de vehículos eléctricos también quedarían exonerados del pago total del impuesto de ventas, siempre y cuando el valor agregado nacional sea de al menos un 20%. La exoneración tendría una vigencia de 10 años.
  • Los vehículos eléctricos estarían exentos del pago del impuesto a la propiedad de vehículos por un plazo de cinco años desde el momento de su nacionalización o al momento de su producción.
  • Los vehículos eléctricos que porten el distintivo emitido por el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) no estarían sujetos a la restricción vehicular.
  • Tampoco pagarían el servicio de parquímetros.
  • Podrían parquear en los espacios designados como azules dentro de los estacionamientos públicos, así como de supermercados, centros comerciales y demás parqueos privados.

Compras del Estado

  • Las instituciones de la administración pública, empresas públicas y municipalidades quedarían autorizadas para la compra y utilización de vehículos eléctricos.
  • También deberían realizar la inversión necesaria para las obras de infraestructura dirigidas al fortalecimiento y promoción del transporte eléctrico, como centros de recarga, carriles exclusivos, parqueos preferenciales, redes ferroviarias y otras.

La iniciativa establece que es prioridad nacional la utilización de energía eléctrica renovable en el transporte público y que se promoverá la construcción de trenes eléctricos en el país.

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