MEP anuncia cambios en Juntas de Educación de cara al curso lectivo 2026
Las reformas derivan de la entrada en vigencia de la nueva Ley de Juntas de Educación y de modificaciones a la normativa de financiamiento, e incluyen ajustes en gestión, uso de recursos y sistemas administrativos

El Ministerio de Educación Pública (MEP) dio a conocer los cambios que se aplicarán en las Juntas de Educación de cara al curso lectivo 2026.
Según señaló el ministro de Educación, Leonardo Sánchez, estos cambios se derivan de la publicación de la Ley N.º 10.631, también conocida como Ley de Juntas de Educación, en febrero de 2025, la cual debe ser implementada a partir de este año.
La ley tiene como propósito principal que las Juntas de Educación actúen como auxiliares de la administración general de los centros educativos públicos.
Por ello, deberán desarrollar, junto con la dirección del centro educativo, los programas y proyectos, así como la dotación de los bienes y servicios requeridos para atender las necesidades y prioridades de cada institución.
Además, la normativa define los requisitos para integrar las Juntas de Educación, entre ellos:
- Ser mayor de edad.
- Saber leer y escribir.
- No tener antecedentes penales.
- Tener residencia en el cantón donde se ubica el o los centros educativos a los que corresponde la junta.
- Que al menos uno de los integrantes sea padre, madre o encargado legal de un estudiante del centro educativo.
- Que al menos un integrante cuente con un título de tercer ciclo de Educación General Básica o su equivalente.
- Estar incluido en la terna presentada por el MEP, conforme a la normativa vigente y al procedimiento establecido en el reglamento de la ley.
La ley también establece que cada junta deberá contar con al menos cinco miembros.
Otro de los cambios está relacionado con la formulación del Plan Anual de Trabajo (PAT) y del Presupuesto del respectivo centro educativo, con el objetivo de incorporar las prioridades de las políticas educativas y las necesidades más urgentes de la comunidad educativa.
Sánchez confirmó además que habrá prórrogas de excepción para el uso de la plataforma Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), ya informadas a las respectivas juntas, con base en las resoluciones MH-DCoP-RES-0112-2025 y MH-DCoP-RES-0119-2025 del Ministerio de Hacienda, lo que permitirá realizar compras fuera de dicha plataforma.
Capacitación y otros cambios
La cartera educativa indicó que se encuentra elaborando el reglamento a la Ley de Juntas, como una medida para dar seguimiento al funcionamiento de las Juntas de Educación. Este tema formará parte de la capacitación que se realizará durante las próximas dos semanas, previo al inicio del curso lectivo.
"El año pasado se aprobaron leyes que tuvimos que reglamentar, y es importante que las Juntas de Educación las conozcan. Esto forma parte de las capacitaciones: tanto la Ley de Juntas como la ley que financia a las juntas tuvieron modificaciones que nos obligan, como MEP, a realizar los ajustes correspondientes", señaló el jerarca.
Asimismo, se incluirá en la capacitación la Ley N.º 6.746, conocida como Ley de Creación del Fondo General para Juntas de Educación y Administrativas, normativa que regula el financiamiento de las juntas.
Esto permitirá aplicar las reformas aprobadas, entre ellas, la posibilidad de redistribuir recursos ociosos que no hayan sido transferidos a centros educativos.
Distribución de fondos para las juntas
La Ley N.º 6.746 también establece la forma en que el MEP distribuirá los fondos, a más tardar en setiembre, de la siguiente manera:
- 85 % a favor de las Juntas de Educación y Juntas Administrativas, en forma proporcional a la matrícula de la respectiva institución.
- 5 % para subvencionar adicionalmente a centros educativos de primaria y secundaria cuya matrícula inicial sea inferior a 100 estudiantes, de forma proporcional a su matrícula.
- 5 % para subvencionar adicionalmente a centros educativos que, con base en un estudio económico, evidencien insuficiencia de recursos para cubrir gastos operativos (bienes y servicios requeridos para el funcionamiento ordinario de la institución).
- El 5 % restante se destinará a una reserva, que se utilizará para subvencionar adicionalmente a instituciones que inicien labores educativas o cuyas plantas físicas se encuentren en muy mal estado, o requieran instalaciones, pagos urgentes o equipo complementario.