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Ministerio Público unifica investigaciones por retención indebida de cuotas obreras

Modelo utilizado por la Unidad de Trámite Rápido será replicado en las fiscalías de todo el país

Por Erick Carvajal | 25 de Nov. 2020 | 7:38 am

(CRHoy.com).- El Ministerio Público replicará en todas las fiscalías del país el modelo utilizado por la Unidad de Trámite Rápido (UTR) para las investigaciones por retención indebida de cuotas obreras de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) luego de que dicha dependencia lograra la recuperación de ₡3.872.359.612 por dicho concepto durante el 2019.

CRHoy.com dio a conocer el 13 de noviembre pasado un informe de la Auditoría Interna de la CCSS que detectó la ausencia de elementos probatorios en las denuncias penales que tramita la institución por retención indebida de la cuota obrera. Sin embargo, José Eduardo Rojas, Director de Cobros de CCSS, se limitó a decir que la labor de ellos es solamente presentarlas al Ministerio Público.

El Ministerio Público informó que el método de trabajo usado en estos delitos por la UTR será replicado esta semana a nivel nacional. De enero a setiembre de este año, solo en San José, la recuperación de la UTR por ese delito asciende a ₡830.138.035

Lina Spinelli Mora, fiscala de la UTR, explicó que se busca una estadarización del trámite, "será una guía de trabajo para que todo el personal fiscal conozca y tenga claridad del proceso y las pautas a seguir en estas causas", indicó Spinelli en el programa de radio del Ministerio Público, "Frecuencia MP".

La Fiscala explicó que tendrán un papel de rectoría en esa materia, con el fin de asesorar y acompañar a los fiscales y fiscalas. Sin embargo, ellos tramitarán los casos más complejos.

La retención indebida de la cuota obrero a la CCSS está penalizada en el artículo 217 del Código Penal: "Quien induciendo a error a otra persona o manteniéndola en él, por medio de la simulación de hechos falsos o por medio de la deformación o el ocultamiento de hechos verdaderos, utilizándolos para obtener un beneficio patrimonial antijurídico para sí o para un tercero, lesione el patrimonio ajeno, será sancionado…".

"Hay una pena de hasta tres años de prisión si el monto de lo adeudado por el patrono no excede 10 veces el salario base, y penas de hasta 10 años de prisión si el monto excede 10 veces el salario base", indicó Spinelli.

La Fiscala indicó que de igual forma hay personas conscientes de que debe realizar los pagos y realizan el mismo durante la tramitación del proceso.

"El perjuicio para los trabajadores cuando no se hace el reporte de las cuotas obreras es que no podrán pensionarse en el tiempo establecido por el faltante de cuotas, y la única manera de solventar esto por parte de la persona es trabajar más años, lo que implica retirarse a mayor edad", dijo.

Desestimaciones y sobreseimientos definitivos

El 4 de noviembre pasado, la Auditoría de la Caja publicó el estudio “Procesos de declaratoria de morosidad patronal y de trabajadores independientes de difícil recuperación e interposición de denuncias penales”.

Una de las situaciones más importantes que encontró es que existen procesos interpuestos por la CCSS ante el Ministerio Público, a los cuales se solicitaron desestimaciones y sobreseimientos definitivos por ausencia de elementos probatorios como:

  • Inscripción patronal sin firma
  • No consta inscripción patronal
  • No coincide la persona que inscribió con los actuales representantes
  • “Esta situación ha generado la desestimación de al menos 7 denuncias por la suma de ¢24.061. 213”, evidenció el informe.

La Auditoría Interna advirtió que si no se corrigen estas situaciones, se verá la institución expuesta a condenas en costas o que se presenten procesos en lo contencioso administrativo en contra de la CCSS y la Fiscalía porque se presentan “casos que no tienen elementos probatorios”.

Datos de la morosidad patronal y de trabajadores independientes de la CCSS. Fuente informe de Auditoría Interna.

CRHoy.com consultó a la CCSS por qué hay denuncias penales por concepto de retención indebida presentadas por la CCSS ante el Ministerio Público, a las cuales, se les ha declarado desestimaciones y sobreseimientos definitivos, por ausencia de elementos probatorios. ¿Cómo es posible que esto suceda si la Caja cuenta con todo un departamento de Cobros y un departamento legal?

José Eduardo Rojas, Director de Cobros de la CCSS, respondió por medio de la Oficina de Prensa que se limitan a presentar ante el Ministerio Público las denuncias contra aquellos patronos que en apariencia, retuvieron cuotas obreras y no las trasladaron a la Institución.

"En ese sentido, el Ministerio Público por medio de la Fiscalía, es la encargada de realizar la acusación penal respectiva para dirimir en sede judicial el posible delito, lo anterior, previa valoración que al efecto se realice. Por otra parte, corresponden a los Tribunales de Justicia, mediante los mecanismos judiciales y legales correspondientes, juzgar las respectivas conductas y delitos cometidos. Por lo anterior, la Institución, es respetuosa de la competencia que al efecto tienen cada una de las instancias involucradas, así como las resoluciones que al efecto se determinen", dijo Rojas.

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