Una mujer con discapacidad permaneció más de 220 días hospitalizada en el Hospital Tomás Casas Casajús sin poder recibir el alta médica debido a que no contaba con una red familiar funcional que garantizara su cuidado fuera del centro médico.
Aunque médicamente tenía condición de egreso, las autoridades determinaron mantener su hospitalización como una medida de protección social. La decisión respondió a la inexistencia de apoyo familiar y a la presencia de factores de riesgo en su entorno, que la colocaban en una situación de alta vulnerabilidad.
Según los informes médicos, la paciente requiere tratamiento continuo y apoyo para realizar actividades básicas de la vida diaria. Además, tiene una capacidad limitada para la toma de decisiones y el autocuidado.
Durante su prolongada estancia en el hospital, se advirtió que un egreso sin acompañamiento adecuado podía poner en riesgo su integridad física e incluso su vida.
Ella, finalmente, fue trasladada a una residencia en Pérez Zeledón, luego de que una orden judicial autorizara su egreso y ubicación en una alternativa adecuada.
¿Cómo se resolvió?
La Defensoría de los Habitantes promovió un espacio de articulación interinstitucional con autoridades del hospital y del Consejo Nacional de las Personas con Discapacidad (Conapdis). El objetivo fue analizar su condición médica, social y jurídica para definir acciones que garantizaran la protección efectiva de sus derechos.
La institución señaló que debe respetarse plenamente la autonomía personal de las personas con discapacidad y evitar cualquier forma de vulneración. No obstante, indicó que en situaciones de alta complejidad puede valorarse, de manera excepcional, la existencia de un riesgo real, cierto y comprobado para la vida, la integridad física o la salud.
En esos casos, cualquier limitación a la autonomía debe analizarse bajo los principios de idoneidad, necesidad, proporcionalidad, razonabilidad y temporalidad, y aplicarse únicamente cuando no exista una alternativa menos restrictiva que garantice la protección debida.
Como resultado de las gestiones realizadas, la Defensoría solicitó al Conapdis interponer una medida cautelar ante el juzgado correspondiente para autorizar el egreso de la mujer y ubicarla en una alternativa residencial adecuada, así como iniciar el proceso de salvaguardia.
El Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil, contra la Violencia Doméstica y Protección Cautelar de Osa acogió la medida solicitada. Posteriormente, el Conapdis coordinó con el hospital el traslado de la mujer a una residencia en Pérez Zeledón.