Personal MEP con factores de riesgo puede solicitar readecuación de funciones

Personal del MEP debe garantizar apertura de comedores. (Imagen con fines ilustrativos/MEP)
(CRHoy.com). – A pesar de que el Ministerio de Educación Pública (MEP), canceló lecciones en los más de 4500 centros educativos del país, algunos funcionarios deberán seguir ejerciendo sus labores, sin embargo, en caso de que sean población con factores riesgo se les deberá hacer una readecuación temporal de sus funciones.
Melania Brenes, viceministra Académica, informó que los directores, personal de limpieza, guardas de seguridad y empleados de comedores escolares deben asistir a los centros educativos pese a la suspensión temporal. La razón por la que este grupo debe asistir a las escuelas y colegios públicos es porque se mantendrán habilitados los comedores escolares y ese es el personal básico para la continuidad de ese servicio.
No obstante, la institución emitió un documento con lineamientos para personas con factores de riesgo que ocupan puestos no teletrabajables.
Se entiende como trabajadoras con factores de riesgo los adultos mayores, diabéticos, cardiópatas, hipertensos, con padecimientos pulmonares, cáncer o alguna enfermedad que compromete el sistema inmune.
"Los centros de trabajo que cuenten con personal con factores de riesgo y que ocupan puestos no teletrabajables, deben valorar, en primera instancia, la posibilidad de realizar una readecuación de funciones temporal, que permita a la persona trabajadora en riesgo incorporarse a la modalidad de teletrabajo", señala el documento.
De no ser posible una readecuación de funciones, el MEP definió 4 escenarios:
• En caso de que la persona trabajadora con factores de riesgo cuente con un saldo de vacaciones cumplidas, se disponga el disfrute de las mismas. También puede considerarse la posibilidad de un adelanto de vacaciones, siempre y cuando la persona trabajadora esté de acuerdo.
• Se insta a la persona empleadora a readecuar las funciones para minimizar el contacto directo con personas usuarias o sus compañeros de trabajo.
• Deberá ubicársele de manera que preste su servicio al menos a 1.8 metros de las personas usuarias o compañeros de trabajo.
• La persona empleadora deberá garantizar a la persona trabajadora con factores de riesgo, el acceso a todos los implementos de higiene recomendados.