Personas LGTBI podrán elegir nombre de acuerdo a su identidad de género
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) informó sobre las primeras medidas aprobadas en el marco de la Opinión Consultativa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que busca asegurar el reconocimiento de la identidad de las personas trans y la validez del matrimonio entre personas del mismo sexo.
La primera decisión de los magistrados es que será posible y se regulará el cambio de nombre por identidad de género según la autopercepción de la persona que solicita el documento al Registro Civil. Esto contempla, además, que el proceso no requiera de la publicación de edictos y que sea gratuito.
Además, el TSE informó que "con el fin de evitar efectos estigmatizantes", se eliminará la indicación del sexo de nacimiento en todas las cédulas de identidad.
Esta medida se empezará a aplicar el día después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Matrimonio queda en espera
Mientras tanto, sobre el matrimonio igualitario, el TSE indicó que su tarea es registrar dichas uniones, mas no dictar los lineamientos que se deben cumplir para que las personas se puedan casar.
Por esto, antes de aprobar el registro de dichas uniones, los magistrados indicaron que es necesaria la reforma al artículo 14.6 del Código de Familia. Este artículo establece, en su inciso 6, que es legalmente imposible el matrimonio entre personas del mismo sexo.
"En nuestro ordenamiento jurídico, solo puede hacerlo la Sala Constitucional (…) o la Asamblea Legislativa (…) Una vez suprimida del ordenamiento dicha norma, la inscripción tendrá efectos retroactivos en beneficio de los contrayentes", indicó el TSE vía comunicado de prensa.
En Costa Rica la Opinión Consultativa de la Corte IDH se dio a conocer el 9 de enero de este año. El Gobierno, en aquel entonces, dijo que acataría el informe en todos sus alcances.
