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Pese a polémicas, el 2019 marcó la salud y derechos de las mujeres

Por Jéssica Quesada | 3 de Ene. 2020 | 12:01 am

(CRHoy.com) La suma de varias acciones e inversiones hechas durante el año anterior permitieron que para este 2020, la población femenina del país tenga mejor acceso a la salud, medicamentos y la garantía del cumplimiento de sus derechos humanos.

Aunque casi todos esos "pasos" se dieron en "caminos empedrados", las costarricenses tienen allanado el camino en estas seis áreas:

Vacuna contra el Virus del Papiloma Humano

El 3 de junio del 2019 inició la campaña de vacunación contra el Virus del Papiloma Humano en niñas de 10 años.

Campaña de vacunación contra el Virus del Papiloma Humano.(Foto:Ministerio de Salud)

La Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) invirtió $1.5 millones para la compra de 35.105 dosis que se aplicaron en los centros educativos públicos y privados gracias al trabajo coordinado entre la Caja, Ministerio de Salud y Ministerio de Educación Pública (MEP).

Esta vacuna previene el cáncer de cérvix, uno de los tumores malignos más frecuentes en Costa Rica.

Las autoridades se enfrentaron a la resistencia de algunos padres y de los  grupos "antivacunas"; pero los magistrados reafirmaron la obligatoriedad de que las niñas reciban dicha dosis.

Condón femenino

Desde el 8 de abril anterior, el condón femenino fue incluido en la Lista Oficial de Medicamentos de la CCSS; este método anticonceptivo y de prevención de enfermedades se le entrega a las mujeres que así lo soliciten en cualquiera de los servicios de salud.

El personal institucional fue capacitado para explicarle a las aseguradas la forma de uso del condón femenino y sus beneficios. Este preservativo es una funda transparente hecha -generalmente- de nitrilo o poliuretano y tiene dos anillos de plástico en cada extremo. El lado que es cerrado facilita la inserción en la vagina mientras que el abierto permanece afuera para cubrir la vulva.

Píldora del día después

El 25 de abril el Ministerio de Salud anunció que el comprimido llamado Levonorgestrel ya tenía registro sanitario; y que además, la "píldora del día después" se vendería sin receta médica.

El Levonorgestrel es una hormona que se puede utilizar como anticonceptivo de emergencia pero que no debe ser usado como un método de control de la natalidad, es decir, no es de uso diario. Esta hormona previene el embarazo después de que la mujer ha tenido sexo sin protección, que el condón ha fallado o que ella haya sido víctima de violación sexual.

La CCSS afina los últimos detalles para incluir la píldora en su stock de medicamentos y de esa manera, dejar de usar el método Yuzpe (varios comprimidos en varias dosis). La institución sólo brindará los servicios de anticoncepción de emergencia en casos de violación.

Grupos conservadores consideran que con la aprobación del Registro Sanitario para la venta del anticonceptivo de emergencia se abrió uno de los portillos para "la cultura del aborto" pese a que las autoridades de Salud han explicado que esto es falso. 

Copa Menstrual

Aunque la copa menstrual fue patentada en 1932, fue hasta en 1987 cuando alcanzó popularidad en Estados Unidos y luego en otros países del mundo.

Es considerado uno de los artículos de higiene femenina más inocuos y prácticamente sin posibles reacciones alérgicas.

En Costa Rica, la única copa menstrual con permisos sanitarios para su comercialización es la de marca "Me Luna". El Ministerio de Salud otorgó el aval el 9 de diciembre del 2019.

Este dispositivo puede ser utilizado por cualquier mujer, sólo debe practicar y seguir las instrucciones, no tiene contraindicaciones específicas y se debe elegir el tamaño adecuado.

Norma Técnica para el aborto

El 12 de diciembre, por medio de sus redes sociales, el Presidente de la República, Carlos Alvarado, anunció la firma de la Norma Técnica para el Aborto Terapéutico en nuestro país.

"Ninguna mujer será obligada a interrumpir el embarazo (…) No significa que se hará legal el aborto libre en Costa Rica", dijo Alvarado. De esa manera, cumplió su promesa de avalar la "guía" para hacer valer el artículo 121 del Código Penal antes de que se acabara el 2019.

La norma establece los pasos a seguir, tanto para los médicos como para la paciente, cuando se compruebe que la gestación pone en riesgo la salud o la vida de la madre. Salud reitera que no se trata de una "portillo" para el aborto libre, pues solo se podrá aplicar una vez que se hayan agotado las opciones para mantener el embarazo y con el consentimiento de la madre.

Un grupo de diputados enviaron a la Sala Constitucional una acción para impedir que se aplique la norma ya que consideran que no es necesaria, que se prioriza sólo la vida de la madre y se deja en indefensión al feto.

Acoso callejero

Este 2020 podrían aprobarse grandes reformas en materia de acoso callejero. Los diputados ya dictaminaron el proyecto que trata de prevenir la conducta de asedio en contra de mujeres y hombres que estén en espacios públicos; así como el establecimiento de sanciones económicas y de prisión.

La iniciativa de ley, advierte que el acoso callejero es "toda conducta o conductas con connotación sexual y con carácter unidireccional, sin que medie el consentimiento ni aceptación de la persona a la que está dirigida con potencial de causar molestia, malestar, intimidación, humillación, inseguridad, miedo y ofensa, que proviene generalmente de una persona desconocida para quien la recibe y que tiene lugar en espacios públicos o de acceso público".

La propuesta introduce estas modificaciones:

  • Se reprimiría con una pena de prisión de 6 meses a 1 año o con 30 a 45 días multas a quien en un espacio público o de acceso público se masturbe, exhiba sus genitales con connotación sexual a otra persona sin su consentimiento.
  • Se castigará con una pena de cárcel de 8 meses a 1 año o con 30 a 45 días multa a quien en un espacio público o de acceso público persiga o acorrale con una connotación sexual a otra persona sin su consentimiento.
  • Se reprimirá con una pena de prisión de 10 meses a 2 años o con 30 a 45 días multa a quien en un espacio público o de acceso público grabe, capte o produzca material de audio, visual o audiovisual con connotación sexual de otra persona sin su consentimiento.

De acuerdo con el proyecto esas sanciones se incrementarán en un tercio cuando suceda alguna de las siguientes circunstancias: la conducta sea cometida por dos o más personas, en perjuicio de un menor de edad, adulto mayor o personas con discapacidad y en caso de reincidencia.

Además, desde el 2018 el Ministerio de Seguridad aplica el Protocolo de Intervención Policial en la Atención de Casos de Acoso Sexual en Espacios Públicos o de Acceso Público.

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