Ordenan investigar a policías penitenciarios por supuesta golpiza a reo en cárcel de Alajuela
Magistrados condenaron al Estado al pago de daños y perjuicios ocasionados a privado de libertad

Fotografía con fines ilustrativas del Centro de Atención Institucional (CAI) Terrazas, en San Rafael de Alajuela. (Cortesía | Casa Presidencial)
(CRHoy.com).-La Sala Constitucional ordenó investigar a los oficiales de la Policía Penitenciaria que en apariencia agredieron a un privado del Centro de Atención Institucional (CAI) Terrazas, en San Rafael de Alajuela.
El tribunal declaró con lugar un amparo presentado el 2 de marzo de 2022 por el defensor público Mario Cheng Mora, en favor de un sospechoso de violación de domicilio, quien se encuentra a las órdenes del Tribunal Penal de Puntarenas.
Los magistrados constataron una lesión de los derechos fundamentales del indiciado en dos aspectos puntuales del recurso planteado, según se desprende de la resolución 2022-008095, del 8 de abril pasado, a la cual CRHoy.com tuvo acceso.
El primero de ellos tiene que ver con una pelea ocurrida el 24 de diciembre de 2021. El segundo, con una negativa a que hiciera llamadas telefónicas.
Aunque el recurrente aseguró que no participó de la riña, los policías -denunció- lo detuvieron y lo lanzaron en contra del suelo, donde le propinaron "varias patadas en el estómago", lo que provocó que se defecara y vomitara sangre.
Por lo anterior, el reo solicitó que se le valorara en el Área Médica del penal, pero no fue trasladado con urgencia. Ante esta situación, su defensor planteó un incidente de enfermedad y auxilio al Tribunal Penal de Puntarenas, a fin de que se le atendiera. El 12 de enero pasado, la víctima interpuso una denuncia formal contra los oficiales en la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción (Fapta), sede de Alajuela.
Tras la gestión, el privado reportó tratos "desiguales, crueles e inhumanos"; como por ejemplo, interrupciones en el servicio de alimentación continua, denegatoria de atención médica para padecimientos como hipertensión arterial, uropatía obstructiva, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, trastornos mentales del comportamiento asociado al uso de drogas y problemas relacionados con la acentuación de rasgos de la personalidad; así como un impedimento para hacer llamadas.
Esas situaciones, y presuntas agresiones de parte de otros reos "de parte de la supervisión", se mantenían al momento de la interposición del recurso.
Pero en un informe rendido bajo juramento por la directora general de Terrazas, Diana Vargas Jiménez; el jefe de Seguridad, Jonathan Aguilar Badilla; así como el director médico de la Clínica, Emmanuel Calvo Alvarado; señalaron que el día de los hechos, el amparado se había autoinfligido una cortada en su antebrazo izquierdo. Producto de esa situación, los policías le pidieron alistarse para su traslado a recibir atención médica; pero este se negó.
Horas más tarde, ocurrió un enfrentamiento entre reclusos de los dormitorios 1 y 2 de la Terraza D, en el cual estaba el ofendido.
"Al llegar al sitio se logra observar que efectivamente en el sector del patio central varias personas privadas de libertad pertenecientes a ambos dormitorios, portaban tablas de madera de las camas, utilizándolas para agredir a sus oponentes. Se logró divisar a cuatro personas privadas de libertad con heridas, tres de ellos con heridas en su cabeza y uno en el brazo izquierdo", indicaron los funcionarios del Ministerio de Justicia y Paz (MJP).
Los heridos -incluido el tutelado- fueron trasladados a la Clínica del Centro de Atención Institucional Jorge Arturo Montero Castro, también en San Rafael de Alajuela. Posteriormente, durante una revisión de espacios en los dormitorios en cuestión, se decomisó un arma punzocortante y una botella de chicha.
Sin pruebas
Al amparado, el Departamento de Medicina Legal del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) le hizo una valoración, sobre la cual, emitió el dictamen 2022-0001558 (de fecha no precisada). El criterio descarta que existieran evidencias de lesiones o alteraciones en cabeza, cara, cuello, tórax, abdomen o columna vertebral; sitios en los que el indiciado dijo haber recibido golpes de parte de los oficiales.
"Debido al tiempo transcurrido entre la fecha de los hechos denunciados y la valoración médico legal, a que el evaluado no recibió atención médica y a que al momento de la presente valoración médico legal no presenta lesiones ni alteraciones, no es posible establecer relación causa efecto entre lo narrado y los hallazgos clínicos ni emitir un dictamen médico legal en los términos solicitados por la autoridad judicial", concluye el documento.
Por lo anterior, los altos jueces solicitaron que se remitieran las grabaciones de cámaras de seguridad, pero estas no existen. En ese sentido, la Sala recordó la sentencia 2021003970 del 26 de febrero de 2021, que resalta que sobre la administración recae una mayor carga probatoria frente a un reo.
Dado que la cárcel recurrida no se refirió a la aparente denegatoria de llamadas telefónicas, los magistrados también declararon con lugar ese extremo.
En vista de todo lo anterior, los altos jueces ordenaron a Vargas Jiménez y a Aguilar Badilla:
- Iniciar un procedimiento administrativo para "descubrir la verdad real de los hechos alegados" y determinar la eventual responsabilidad de los funcionarios implicados. Para cumplir, el órgano les concedió dos meses a partir de la notificación.
- Otorgar al tutelado acceso inmediato a las llamadas telefónicas.
"Se advierte a las autoridades recurridas que, de conformidad con lo establecido por el artículo 71, de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se impondrá prisión de 3 meses a 2 años o de 20 a 60 días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada dentro de un recurso de Hábeas corpus y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado", subrayó la Sala.
El tribunal además condenó al Estado al pago de daños y perjuicios causados, que deberán liquidarse en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo.
Respecto a las presuntas represalias con el servicio de alimentación y atención médica, el órgano desvirtuó los alegatos a partir del informe que suministró la Dirección General de Terrazas, toda vez que se pudo constatar que el privado ha asistido a sus citas más recientes, así como ha recibido una alimentación "nutricionalmente balanceada e inocua acorde a sus patologías".
La Sala estuvo conformada por los magistrados Fernando Castillo Víquez, Paul Rueda Lea, Luis Fernando Salazar, Jorge Araya García, Anamari Garro Vargas, Rosibel Jara Vásquez y José Roberto Garita Navarro.
Al respecto, la oficina de prensa del Ministerio de Justicia indicó que el caso "ya es analizado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Justicia y Paz. Las autoridades de este ministerio siempre serán respetuosas de las disposiciones de lo que indica la ley".
