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Privado de libertad gana recurso porque faltaban sanitarios en cárcel de Liberia

Ministerio de Salud emitió 3 órdenes sanitarias sobre el Centro

Por José Adelio Murillo | 23 de Jul. 2024 | 10:11 pm

Un privado de libertad recluido en el Centro de Atención Institucional (CAI) Calle Real, conocido como Cárcel de Liberia, ganó un recurso contra el Ministerio de Justicia por la falta de acceso a los servicios sanitarios durante las noches y las condiciones inadecuadas de higiene de los utensilios para el consumo de alimentos y bebidas.

La Sala Constitucional declaró con lugar parcialmente un recurso presentado por el reo, quien ingresó al centro penitenciario en abril de este año. En el recurso alegó que solo hay un baño para veinte internos que permanecen en el Pabellón B de ese  y que además, no se encuentra habilitado las 24 horas.

Agregó en el recurso que el lugar es muy caliente y se les limita el servicio de agua. Además, cuestionó que el refresco lo sirven en una pichinga, la cual previamente se había utilizado con aceite y que las tasas de la comida tienen hongos en el borde de la tapa.

Los magistrados declararon parcialmente con lugar el recurso, y ordenaron al ministro Gerald Campos así como el director del centro, que hagan las correcciones sobre los implementos para abastecer alimentos y cumplir con órdenes sanitarias.

Órdenes sanitarias

Previo a resolver, los magistrados pidieron al Ministerio de Salud pruebas y el pasado 29 de mayo, el director del Área Rectora de Salud de Liberia, Luis Enrique Mayorga, determinó que faltan condiciones físico-sanitarias en el centro carcelario, tras realizar una inspección.

De hecho se giraron 3 órdenes sanitarias en las cuales obliga al CAI Calle Real a dotar de camas a los 5 privados de libertad que duermen en el suelo, sustituir un servicio sanitario deteriorado, reparar la grifería y las pilas de lavado de ropa, reparar una ducha y lavar bien las pichingas, dispensadores de café y bandejas de alimento, así como desinfectarlas para evitar la contaminación de alimentos. Todo esto en un plazo de 20 días hábiles, que vencía el 10 de julio.

La Sala Constitucional recordó que los privados de libertad deben tener siempre acceso a instalaciones sanitarias y limitar su horario, constituye un trato cruel y degradante, generador de enfermedades y problemas de sanidad.

Respuesta de Justicia

El ministro Gerald Campos y Juan Carlos Arias, director general de Adaptación social, respaldaron bajo juramento el informe rendido por Luis Carlos Mora, director de la cárcel de Liberia.

En él se manifiesta que en el módulo donde está el privado de libertad que presentó el recurso de amparo, hay capacidad para albergar a 80 personas, pero tienen 83, por lo tanto no hay un hacinamiento crítico.

Además, defendieron que la época seca causó bajos niveles de agua en los tanques de captación que sumado a los desperdicios, ha provocado cortes esporádicos. Respecto a los utensilios para almacenar líquidos señalaron:

En cuanto a repartición del fresco diario, éste se hace por medio de 32 recipientes isotérmicos para cada repartición general de cada tiempo de alimentación, tanto para café así como el fresco, en algunas ocasiones se ha presentado la necesidad de reutilizar los galones que se desocupan de la pulpa, así como los envases de aceite, ambos con su debida y correcta manipulación para utilizarse en dicho fin, lo anterior porque algunas veces se dan atrasos en el transporte de los recipientes vacíos y se utilizan estos galones provisionalmente para no causar demora con los tiempos en el reparto de la alimentación, también se dan casos donde se devuelven los recipientes isotérmicos dañados por la misma población penal y así sucede algunas veces con las bandejas.

Así mismo se cuenta con la cantidad de 1510 bandejas para cada tiempo, pero debido a la capacidad de la infraestructura de la cocina no se puede mantener el total de estas en la cocina, por la falta de espacio, es por ello por lo que algunas se albergan en la bodega del centro.

La manipulación en el lavado de bandejas se realiza con jabón lavaplatos que nos suministra servicios de alimentación, al no contar con tuberías adecuadas para expulsar agua caliente en el sector de lavado de bandejas, algunas veces y de acuerdo al tipo de comida que se reparte en la alimentación, se realiza lavado de bandejas con agua caliente, actividad que no siempre ese puede llevar a cabo, ya que no se cuenta con la capacidad de las cocinas para utilizarse únicamente para calentar agua para este fin.

Los funcionarios del sistema penitenciario pidieron rechazar el recurso. En caso de incumplir con la orden de los magistrados, se exponen a prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa.

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