Privilegios de convención de Recope eliminados por Sala IV estaban a punto de renegociarse

Recope anunció hoy, mediante comunicado de prensa, que acatará los dispuesto por los magistrados de la Sala Constitucionales tras la anulación de 11 artículos contenidas en la Convención Colectiva de la entidad.
(CRHoy.com).-Los privilegios que derogó la Sala Constitucional en la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope) se vencían el próximo mes, pues la convención colectiva se negocia cada 3 años y la última vez que se firmó fue en junio del 2016.
"La Convención se revisa cada 3 años y la vigente fue firmada en junio del 2016", detalló el escrito. Además, la refinadora denunció el martes la Convención Colectiva ante el Sindicato de Trabajadores Petroleros Químicos y Afines (Sitrapequia), como "primer paso para iniciar una negociación que busca actualizar las disposiciones contenidas en el acuerdo obrero-patronal".
Tras la decisión de la Sala Constitucional de anular 11 artículos contenidos en la Convención Colectiva de la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope) por considerarlos "desproporcionados e irresponsables", Recope se pronuncia y dice que cumplirá medida del alto tribunal mediante un comunicado de prensa.
Esta decisión aplica para la cesantía superior a los 12 años, la licencia con goce salarial por matrimonio de un hijo y los subsidios de alimentación.
"Según el voto de mayoría N° 2019-009226, los beneficios citados violentan los principios de razonabilidad de la norma, de igualdad, legalidad, y austeridad en el gasto de los recursos públicos", informó la Sala Constitucional, mediante un comunicado de prensa.
"Recope comunica que aplicará lo dispuesto como corresponde y está a la espera de que se conozca y comunique el fallo integral", indicaron en el documento.
Por su parte los magistrados hicieron hincapié en que las convenciones colectivas están sometidas al derecho constitucional y por ello "deben guardar conformidad con las normas y los principios constitucionales de igualdad, prohibición de discriminación, legalidad, razonabilidad y proporcionalidad, sobre todo, cuando de fondos públicos se trate, sujetos al principio de legalidad presupuestaria".
Las acciones de inconstitucionalidad fueron interpuestas por Otto Guevara, exdiputado del Movimiento Libertario (ML) y Enrique Egloff, representante de la Cámara de Industrias de Costa Rica.
En el fallo, los magistrados indicaron que los combustibles derivados del petróleo son un recurso escaso y vital, por lo cual resultan de orden público y deben ser controlados estrictamente por el Estado. "Así, la labor de Recope – importación, refinación y distribución al por mayor de derivados del petróleo– es de vital importancia para el país y sus habitantes".