Proyectos presentados por Gobierno repiten legislación y serían inconstitucionales, según expertos

18 de Jun. 2026 | 12:42 am

Los seis proyectos de ley presentados por el Gobierno para enfrentar la inseguridad contienen propuestas que ya existen en la legislación costarricense o planteamientos que podrían resultar inconstitucionales, según advierten tres especialistas en derecho penal.

El exministro de Justicia Marco Feoli y los abogados penalistas José Luis Campos y Gerardo Huertas coinciden en que las propuestas carecen de viabilidad jurídica.

Según Huertas, existe una intención estratégica detrás de las iniciativas: Presentar proyectos que saben podrían ser inconstitucionales para luego argumentar que los otros poderes impiden resolver los problemas de seguridad.

Ley Gerson Rosales Cascante

La iniciativa presume legítimo el uso de la fuerza por parte de los policías y de la seguridad privada cuando actúan en servicio. Incluso, La presidenta Laura Fernández aseguró que si el oficial acciona el arma siempre se debe considerar "legítima defensa".  Para Huertas, Campos y Feoli, esto puede abrir la puerta a abusos de autoridad.

Feoli calificó la propuesta como "gravísima" porque permitiría presumir como legítimos actos violentos cometidos por policías e incluso por oficiales de seguridad privada. A su criterio, otorga un trato diferenciado y discriminatorio respecto del resto de la población, además de concentrar un poder excesivo en las fuerzas de seguridad, como ha ocurrido históricamente en otros países de la región.

Campos recordó que en materia penal todos los hechos deben demostrarse. Si el uso de la fuerza fue legítimo, debe probarse; si no lo fue, también. "No se puede presumir nada", resumió.

La iniciativa también pretende ampliar la legítima defensa para familiares y terceros mediante una reforma al artículo 28 del Código Penal. Sin embargo, Huertas señaló que esa posibilidad ya existe en la legislación. 

Ley para combatir las asociaciones criminales

Según Huertas y Campos, esta propuesta no introduce ninguna novedad, pues el delito ya está regulado en el Código Penal mediante la figura de asociación ilícita.

El proyecto plantea penas de entre uno y seis años de prisión para quienes integren organizaciones criminales, sanción que aumentaría de seis a 20 años cuando se trate de delitos más graves.

Sin embargo, Huertas afirmó que, aunque se le dé otro nombre, la propuesta regula exactamente lo mismo que ya contempla la legislación vigente, por lo que la calificó como una medida de corte populista.

Ley mano firme ante la reincidencia delictiva

La iniciativa propone imponer prisión preventiva a reincidentes cuando existan condenas previas, incumplimiento de medidas cautelares, habitualidad delictiva o dos o más causas penales en trámite.

Huertas explicó que el Código Procesal Penal ya contempla la reiteración delictiva como causal para imponer medidas cautelares más severas, pero aclara que su aplicación no es automática y que el juez debe tener la potestad de valorar cada caso.

Según el experto, el proyecto convierte la prisión preventiva en una pena anticipada, pese a que su finalidad es garantizar el desarrollo del proceso.

Huertas advirtió que una regulación de este tipo sería inconstitucional e incluso podría derivar en condenas contra el Estado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Campos coincidió en que las medidas cautelares no pueden utilizarse como sanciones antes de determinar la culpabilidad de una persona y recordó que la Sala IV ya declaró inconstitucional, desde 1990, imponer condenas más severas únicamente por la condición de reincidente.

Ley de cero ocio en las cárceles

El proyecto establece que las personas privadas de libertad deberán destinar parte de los ingresos obtenidos por actividades productivas para cubrir distintos fines: un 35% para su manutención en el sistema penitenciario, otro 35% para las familias de las víctimas, un 20% para sus propios familiares y un 10% para un fondo de ahorro que les permita reinsertarse tras cumplir la condena.

Huertas señaló que, aunque el texto no lo expresa de esa manera, podría interpretarse como una forma de trabajo forzoso. Recordó que tanto la Organización Internacional del Trabajo, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la propia Constitución Política prohíben expresamente esa práctica.

El penalista indicó que el trabajo penitenciario debe desarrollarse bajo condiciones equivalentes a las de cualquier otro trabajador. También recordó que iniciativas similares ya han sido presentadas anteriormente en la Asamblea Legislativa sin lograr avanzar.

Ley sobre las pistas clandestinas

La propuesta busca fortalecer el combate al narcotráfico mediante el decomiso de maquinaria, vehículos y aeronaves utilizados para construir pistas clandestinas, la inmovilización registral de los terrenos involucrados y el aumento de penas de prisión de cinco a diez años.

Huertas recordó que esta conducta ya está contemplada en el artículo 59 de la Ley sobre estupefacientes. El principal problema radica en que la iniciativa trasladaría a los propietarios la obligación de demostrar su inocencia, cuando corresponde al Estado acreditar la responsabilidad penal de una persona. 

Ley para la seguridad nacional, registral y de archivos judiciales

El Gobierno propone que los antecedentes penales permanezcan durante 15 años después del cumplimiento de la condena para fines laborales y que nunca sean eliminados cuando se utilicen con fines policiales, investigativos, para beneficios penitenciarios o para fijar nuevas condenas.

Huertas recordó que, hasta 2016, los antecedentes se mantenían por diez años.

Según explicó, el fin de la pena en un sistema democrático es la resocialización y no la neutralización permanente de la persona condenada. Mantener los registros indefinidamente, aunque sea para uso de las autoridades, equivale a perpetuar la sanción y puede profundizar la estigmatización de quienes ya cumplieron su condena.

Añadió que esta situación ha llevado, en otros países, a favorecer la reincidencia al dificultar la reinserción social. También consideró desproporcionado ampliar el plazo de conservación de antecedentes a 15 años.

Debate legislativo

Debido a que varias de las iniciativas modifican aspectos relacionados con el Poder Judicial, podrían requerir el respaldo de 38 diputados para su aprobación. El oficialismo cuenta actualmente con 31 votos, por lo que su viabilidad política es incierta.

Para Feoli, ese escenario también podría utilizarse para responsabilizar a la Asamblea Legislativa de impedir la aprobación de las medidas propuestas por el Ejecutivo.

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