¿Qué dice la Norma Técnica para el aborto impune?

Comisión encabezada por el Ministerio de Salud la creó

24 de Mar. 2018 | 12:03 am
El borrador de la norma aún no es definitivo. (Imagen ilustrativa).

El borrador de la norma aún no es definitivo. (Imagen ilustrativa).

Una comisión de expertos, creada por el Ministerio de Salud, elaboró el borrador de una Norma Técnica que regulará la implementación del aborto impune (contemplado en el Código Penal), en las clínicas públicas y privadas a nivel nacional.

El documento se creó por un compromiso del país ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), luego de que 2 mujeres interpusieran una denuncia en 2013 y 2015 ante la negativa de practicarles el aborto impune.

Este lo contempla el artículo 121 del Código Penal y dice lo siguiente:

"No es punible el aborto practicado con consentimiento de la mujer por un médico o por una obstétrica autorizada, cuando no hubiere sido posible la intervención del primero, si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y éste no ha podido ser evitado por otros medios."

Algunos grupos "pro-vida" critican y alegan que el Gobierno ha mantenido en secreto esta norma. Sin embargo, el ministro de Comunicación, Mauricio Herrera, lo rechaza y alega que deben mantener la reserva del contenido por tratarse de un proceso internacional que aún no está concluido.

Para los opositores la norma abre un portillo para instaurar el aborto en Costa Rica, tal y como ha sucedido en otros países. No obstante el Ministro es enfático en que no se trata de un cambio en la legislación ni en los supuestos ya vigentes.

Lo que dice

El borrador de la Norma Técnica (el cual está en fase de análisis y aún no es definitivo), indica expresamente que se refiere a situaciones en las que se cumpla con lo dispuesto en el artículo 121, que es de acatamiento obligatorio y que se debe conformar una comisión Ad Hoc cada caso individual y que su resolución se basará en un análisis estrictamente técnico.

Además indica que la solicitud del aborto impune lo puede hacer el médico o la propia mujer, que debe tener capacidad cognitiva.

Algunos de los puntos más importantes de este borrador son los siguientes:

El siguiente esquema -tomado también del borrador mencionado- se resumen los pasos a seguir para el proceso: