Reformas en ley buscan prohibir terapias para “curar” la homosexualidad
Establece multas económicas y suspensión de ejercicio profesional
En marzo del 2013 el médico español Jokin de Irala, reconocido por su tesis de que la homosexualidad es una enfermedad curable, se vio obligado a cancelar una charla sobre el tema que iba a dictar en Costa Rica.
En esa misma coyuntura, el exdiputado y presidente del PRN, Justo Orozco, decía que la homosexualidad es una enfermedad que se puede curar mediante la llamada psicoterapia "de reconversión".
En una prédica de noviembre del 2017, el entonces candidato a la presidencia por el Partido Restauración Nacional, Fabricio Alvarado, hizo un llamado a "restaurar" a las personas homosexuales. En una conferencia de prensa posterior a esa participación, reafirmó su postura con respecto al tema.
En ambos casos, el Colegio de Psicólogos de Costa Rica recalcó que la homosexualidad no es una enfermedad. Del mismo modo, las palabras de Orozco, primero, y de Alvarado, después, movieron a los colectivos de derechos humanos de nuestro países para manifestarse y asegurar que, de manera solapada, se siguen realizando esas prácticas inhumanas.
Este tipo de situaciones fueron suficiente para que el legislador del Partido Frente Amplio, José Maria Villalta, presentara recientemente una propuesta de reformas en la Ley General de Salud, establecida desde octubre de 1973.
Villalta propone ahora la adición de artículos e incisos para prohibir cualquier tratamiento o terapia "curativa" de la homosexualidad. Por ejemplo, en una de las propuestas es:
CAPÍTULO II (…) SECCIÓN I De los deberes y restricciones en el ejercicio de las profesiones y oficios en ciencias de la salud (…) Artículo 68 bis-
Queda prohibida cualquier terapia aversiva que pretenda suprimir, revertir o modificar a modo de pretendida curación las características sexuales, expresión de género, identidad de género u orientación sexual de las personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero e intersexuales. Esta prohibición no afecta los tratamientos y servicios de salud de tipo afirmativo del género y sexualidad, sustentados en criterios científicos según estándares internacionales, y que tengan por finalidad asegurar su propio derecho a la salud y a la identidad
Otro de las adiciones cita:
Artículo 35- Queda prohibido amenazar, coaccionar o forzar a una persona a esconder, modificar o negar sus características sexuales, identidad de género, expresión de género u orientación sexual, así como a someterse a tratamientos aversivos de cualquier índole que pretendan convertir, revertir o modificar a modo de pretendida curación sus características sexuales, expresión de género, identidad de género u orientación sexual y que representen una amenaza para su salud, bienestar y libertad individual. De lo anterior se exceptúa todo tratamiento y servicio de salud de tipo afirmativo del género y sexualidad sustentado en criterios científicos según estándares internacionales, que obedezcan a la propia decisión de la persona y tengan por finalidad asegurar su propio derecho a la salud y a la identidad.
El diputado aseguró que conoce testimonios "desgarradores" de personas que han sido sometidas a tratamientos psicológicos, psiquiátricos y hasta médicos para "revertir" sus preferencias sexuales. Cuenta que un joven hermafrodita fue obligado por sus padres a operarse y quedarse con genitales masculinos, pese a que su identidad de género es de mujer.
En la propuesta de ley también pretende prohibir cualquier tipo de propaganda o publicidad en este sentido. "SECCIÓN VI (…) Artículo 260- Queda prohibida toda propaganda o publicidad engañosa o ambigua que pueda ser perjudicial para la salud de las personas, o que pueda inducir a error al público en asuntos relativos a su conservación o recuperación".
La propuesta de Villalta fue publicada en el Diario La Gaceta del 1 de octubre de este año, bajo el Expediente N.° 20.970 y pasó a estudio en la Comisión Permanente Especial de Derechos Humanos.