Sala IV anuló audiencia de Plan Regulador Costero de Cahuita por excluir a indígenas
En 3 meses deberá programarse una nueva audiencia pública
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica anuló la audiencia pública que fue llevada a cabo el pasado 04 de agosto de 2023 donde se conoció la propuesta del nuevo Plan Regulador Costero del Distrito de Cahuita del Cantón de Talamanca.
La anulación se da por excluir de dicho plan al pueblo indígena Keköldi, quienes no fueron consultados previamente, siendo estos los afectados directamente.
Según la sentencia Nº 2023-031756, los altos magistrados declararon parcialmente con lugar el recurso, ya que consideraron que los habitantes del Territorio Indígena de Keköldi, tienen derecho a la consulta previa, libre e informada, establecida en el Convenio 169 de la OIT, sobre Pueblos Indígenas y Tribales.
Para emitir la resolución, el Alto Tribunal Constitucional tuvo en consideración que ese territorio indígena forma una unidad con la línea costera que se busca regular, pues se trata de zonas adyacentes continuas, por lo que la exclusión de la consulta de la asociación actora es injustificable en el marco de las obligaciones internacionales adquiridas por nuestro país en esta materia, se resalta en la sentencia.
Ante esto, la Sala declaró parcialmente con lugar el recurso y anuló la audiencia que se llevó a cabo en agosto pasado y estableció un plazo máximo de 3 meses para que se ejecute una nueva audiencia pública.
Se ordena a Rugeli Morales Rodríguez y Yahaira Mora Blanco, por su orden alcalde y presidenta del Concejo Municipal, ambos de la Municipalidad de Talamanca, o a quienes en su lugar ejerzan esos cargos, girar las órdenes que estén dentro del ámbito de sus competencias y coordinar lo necesario para que, dentro del plazo máximo de TRES MESES, contado a partir de la notificación de esta sentencia, se programe una nueva audiencia pública para el proyecto del Plan Regulador Costero del Distrito de Cahuita del Cantón de Talamanca y se convoque con la debida antelación, a los miembros de la Asociación de Desarrollo Integral del Territorio Indígena de Keköldi "ADI Keköldi", se detalla en el por tanto.
Asimismo, la sala condenó a la Municipalidad de Talamanca al pago de las costas, daños y perjuicios.
"Se impondrá prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada en un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado.
Se condena a la Municipalidad de Talamanca al pago de las costas, daños y perjuicios ocasionados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria", concluye el documento.