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Sala IV da 6 meses a Tránsito para contar con personal capacitado en Lesco

Magistrados confirman lesión en derechos fundamentales

Por Greivin Granados | 6 de Ago. 2024 | 3:02 pm

La Sala Constitucional ordenó a la Dirección General de la Policía de Tránsito (DGPT) contar con personal capacitado en Lengua de Señas Costarricenses (Lesco) para atender a la población con discapacidad auditiva.

Desde el Tribunal establecieron un plazo de 6 meses contado a partir de la notificación de la sentencia y adoptar las medidas necesarias para llevar a cabo las actuaciones dentro del ámbito de las competencias.

Los magistrados declararon parcialmente con lugar un recurso de amparo a través del número de sentencia 2024-018983 del 5 de julio de 2024.

El recurrente indicó ante los altos jueces que fue detenido el 13 de junio mientras conducía su motocicleta al costado este del supermercado Walmart de Tibás por 2 oficiales de la Policía de Tránsito, quienes le confeccionaron una multa de tránsito.

Relató que a lo largo de 45 minutos en que lo tuvieron detenido, los efectivos en apariencia mostraron una actitud agresiva y siguieron hablando de una forma normal al irrespetar los derechos que le asisten como persona con discapacidad, tal y como lo estipula la Ley 7600.

Descargo institucional

Oswaldo Miranda Víquez, director general de la Policía de Tránsito, expuso que acepta del recurrente únicamente la expresión sobre "al principio le dije que soy persona sorda, usuario de la lengua de señas costarricenses".

Miranda agregó que no es cierto que hubiese trato discriminatorio y agresivo cuando se le abordó, mientras que en todo momento se hicieron las diligencias para garantizar sus derechos a través del celular, así como la colaboración del recurso humano calificado a través de la Fuerza Pública.

"Se acepta únicamente lo expresado por el recurrente en cuanto a que "por más de 45 minutos", lo demás se rechaza por ser apreciaciones subjetivas del recurrente, además, se falta a la verdad cuando se dice que los oficiales de tránsito se molestaron.

Del informe se colige que se gestionó correspondientemente las diligencias para una efectiva atención de primera mano por medio tecnológico “el celular”, seguidamente se solicitó la colaboración a los oficiales de la Fuerza Pública que interpretaban Lesco; no obstante, la misma fue rechazada por la parte recurrente", enfatizó el jerarca de Tránsito.

La Sala Constitucional dijo que existió una barrera comunicativa reclamada debido a que los oficiales de la Policía de Tránsito carecen de capacitación, algunas en el Lenguaje de Señas Costarricense.

Detallaron que al margen de que los oficiales de la Policía de Tránsito procuraran comunicarse con el amparado por medio del celular, no se suscitó una comunicación completa, fluida y adecuada, con base en su condición particular.

El informe reveló que no se respeta la participación plena, autónoma y efectiva en los diversos aspectos de la vida, ni en el ejercicio de sus derechos en igualdad de condiciones, lo cual lesiona los derechos fundamentales del tuletado, por lo que se acogió en ese extremo este recurso.

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