Sala IV falla a favor de menores con discapacidad en escuela de Matina
Los representantes de los amparados indicaron que la directora de la escuela no gestiona adecuadamente los recursos del centro educativo

Edificio de la Sala Constitucional, en Sabana Sur. Archivo CRH
(CRHoy.com) Un grupo padres de estudiantes con Síndrome de Down, de la Escuela de Atención Prioritaria Matina, Limón, ganaron un recurso de amparo que interpusieron en contra del Ministerio de Educación Pública (MEP).
Los recurrentes expusieron que el centro educativo tiene deficiencias sanitarias y estructurales; además, las instalaciones no cumplen con lo dispuesto en la Ley 7.600. La resolución del recurso fue dada el pasado 22 de abril en el que piden al ministerio resolver varios problemas.
Los representantes de los amparados indicaron que la directora de la escuela no gestiona adecuadamente los recursos para solventar las necesidades de los estudiantes en general, y tampoco realiza las gestiones necesarias para darle fin a las deficiencias en infraestructura de la institución. Los amparados son personas menores de edad, además de ser personas con Síndrome de Down, viven en condición de pobreza extrema
"Atienden niños y niñas con discapacidad, con riesgos en el desarrollo, con ceguera, síndrome de Down, parálisis cerebral, autismo, entre otros, y muchos de ellos tienen enfermedades respiratorias, como asma, y no saben si ello obedece al olor a excremento de murciélago que cae del cielorraso, por el excremento de sapo que hay en el piso donde ellos gatean o caminan, o por el moho que hay en las paredes y servicio sanitario", expusieron.
"Señalan que se enteraron de que el Ministerio de Salud en su informe indicó que el inmueble es ruinoso, peligroso e insalubre, y debe ser desalojado y demolido para proteger la salud y seguridad de los niños, docentes y demás usuarios", indicaron dos profesoras de educación especial que laboran en el centro educativo cuando presentaron coadyuvancia activa en el recurso.
Los padres de familia indican en el recurso que la escuela actualmente se encuentra desmantelada, el piso de cemento se encuentra quebrado y el cielorraso está despedazado, los baños están dañados, con moho, sucios, sin luz y no se encuentran condicionados para que los estudiantes con discapacidad los utilicen.
Según el recurso, debido a lo anterior, no se cumplen con las directrices de la Ley 7.600, Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad.
"La entrada hacia las aulas de enseñanza especial, difícilmente puede entrar una silla de ruedas, los pisos están despellejados y muestran un concreto sucio. Considera que el sitio descrito no es apropiado para que los menores de edad sean atendidos con dignidad", indicaron los recurrentes en el recurso.
Pese al incumplimiento en cuanto a la accesibilidad de los espacios para las personas con discapacidad, las deficiencias sanitarias y la falta de mantenimiento de la infraestructura, no se habían girado órdenes sanitarias hasta el momento del recurso para que se solucionara las deficiencias de la escuela, tampoco existe un registro de denuncias.
"Dentro de las bases de datos y registros que al efecto lleva la Dirección de Infraestructura Educativa no hay solicitud formal alguna, ni tampoco orden sanitaria con relación al centro educativo, la Escuela de Atención Prioritaria Matina, tampoco consta algún proyecto asociado del cual la institución, Junta de Educación o Dirección Regional haya efectuado gestión alguna mediante los procedimientos y procesos establecidos conforme a la normativa vigente", indica el recurso.
Pese a todo lo expuesto por los recurrentes, Catalina Salas, directora de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación Pública, respondió que no se estaban vulnerando los derechos de los menores.
"En este caso particular, no se está vulnerando ningún derecho fundamental, por no existir gestión o denuncia alguna por las condiciones del centro educativo ante las autoridades respectivas, por tal razón no es posible advertir que exista una inacción por parte de las autoridades de esta Dirección o del MEP", declaró ante la Sala Constitucional.
El recurso fue declarado con lugar por los siete magistrados de la Sala, quienes indicaron que la Dirección de Infraestructura Educativa del MEP debe realizar las obras necesarias y que la institución cumpla a cabalidad las condiciones de seguridad, salubridad y accesibilidad; también ordenaron que el Área Rectora de Salud Matina gire las órdenes sanitarias que sean necesarias, y deberá asegurarse que estas se cumplan a cabalidad.
Se declara con lugar el recurso. Se ordena a Gustavo Castillo Aguilera, en su condición de director del Área Rectora de Salud de Matina, o a quien en su lugar ejerza ese cargo, que gire las órdenes necesarias dentro del ámbito de sus competencias para que, en el plazo de CINCO DÍAS, contados a partir de la notificación de la presente resolución, se inspeccione el inmueble donde funciona la Escuela de Atención Prioritaria de Matina, y de ser procedente, emita las órdenes sanitarias que correspondan, y verifique su cumplimiento.
Asimismo, se ordena a Steven González Cortés, en su condición de Ministro, y a Catalina Salas Hernández, en su condición de Directora de la Dirección de Infraestructura Educativa, ambos del Ministerio de Educación Pública, o a quienes en sus lugares ejerzan esos cargos, que adopten, de manera conjunta, las medidas dentro del ámbito de sus competencias para a) realizar las obras necesarias, con el fin de que la infraestructura del centro educativo cumpla con las condiciones de seguridad, salubridad y accesibilidad establecidas en el ordenamiento jurídico, lo cual deberá ejecutarse dentro del plazo de VEINTICUATRO MESES" citó el "Por tanto" de los magistrados.