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Sala IV: Hospital debe quitarle los pines a adulta mayor en un plazo de 1 mes

Fue operada por unos dolores de columna tras accidente de tránsito.

Por Ingrid Hidalgo | 1 de Sep. 2023 | 5:33 pm

(CRHoy.com).-Una adulta mayor presentó un recurso de amparo ante la Sala Constitucional contra dos funcionarios del Hospital México, debido a que después de varios años de su cirugía, aún siente dolores en la columna.

De acuerdo con lo que expuso la recurrente ante la Sala Constitucional, en el 2018 fue intervenida quirúrgicamente debido a un grave problema que tenía en su columna tras un accidente de tránsito que sufrió en el 2016.

Tras la cirugía, el médico tratante le indicó que en aproximadamente tres meses le debían extraer los tornillos que le fueron colocados en la columna.

Cuando transcurrió el plazo, los tornillos le empezaron a provocarle un inmenso dolor e inflamación y la adulta asistió al centro médico para que los extrajeran.

La recurrente afirmó que en el centro médico le indicaron que debía que esperar porque "había una fila muy grande" y hasta hoy aún no le han atendido.

Después de un tiempo sufriendo por el dolor insoportable que siente en su columna, la adulta decidió presentar un recurso de amparo, ya que, según señaló, la negligencia del hospital vulnera sus derechos fundamentales y además, perjudica su calidad de vida.

¿Qué dice la Sala Constitucional?

Tras analizar el recurso de la recurrente, los jueces llegaron a la conclusión de que el Director General y el Jefe del Servicio de Ortopedia del Hospital México deben coordinar las actuaciones para que le realicen una cirugía para quitarle los tornillos a la adulta mayor.

"Se declara con lugar el recurso. Se ordena a Douglas Francisco Montero Chacón y a Fabricio Arguedas Monge, respectivamente, en su condición de Director General y de Jefe del Servicio de Ortopedia, ambos del Hospital México o a quienes ocupen esos cargos, coordinar y disponer todas las actuaciones que se encuentren dentro del ámbito de sus competencias, a fin de que a la recurrente se le realice la cirugía prescrita dentro del plazo de un mes, contado a partir de la notificación de esta resolución, si otro criterio médico no lo desaconseja. Lo anterior bajo la responsabilidad de su médico tratante.

Además, siempre y cuando sea posible de acuerdo con la reorganización del servicio decretada por la emergencia hospitalaria con ocasión de la pandemia de coronavirus COVID-19. Se apercibe a los recurridos que de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se impondrá prisión de tres meses a dos años o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada en un recurso de amparo y no la cumpliere o hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado. Se condena a la Caja Costarricense de Seguro Social al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a la presente declaratoria, los cuales se liquidarán en el proceso de ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo. El magistrado Rueda Leal pone nota. Notifíquese", se señala en la resolución.

Cabe destacar que el documento de la sentencia aún se está redactando para luego ser publicada en Nexus.

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