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Sala IV tiene que obligar al Conavi a hacer su trabajo

Por Daniela Mora | 30 de Dic. 2016 | 12:03 am
Sala IV ordenó al Conavi reparar la Florencio del Castillo. Foto cortesía

Sala IV ordenó al Conavi reparar la Florencio del Castillo. Foto cortesía

La Sala Constitucional declaró parcialmente con lugar un recurso de amparo interpuesto contra el Consejo Nacional de Vialidad (Conavi), esto luego que un vecino de Cartago tuviera un accidente de tránsito por el pésimo estado de las vías.

El hecho ocurrió en mayo anterior a la altura de Recope en la Autopista Florencio del Castillo, cuando el afectado -quien pidió no ser identificado-, regresaba hacia su casa de la universidad.

"Era de noche y la llanta de adelante se fue en uno de los huecos; se reventó el aro, se reventó la llanta y yo perdí el control del vehículo y me salí de la carretera. Por dicha yo no venía a alta velocidad y eso permitió que no me estrellara contra el muro de piedra que hay a la altura de Recope", aseguró el afectado.

El recurso fue declarado parcialmente con lugar, debido a que el afectado lo interpuso en contra del Mopt y el Conavi y el arreglo de vías le corresponde únicamente a la última institución.

"Le escribí al jerarca del Conavi y me contestaron que los hechos que denuncié no se podían probar, que nada podía confirmar que el accidente ocurriera en la Florencio del Castillo. Lo irónico es que para ver los huecos que yo denuncio nada más hace falta pasar entre Ochomogo y Taras para darse cuenta de que la carretera está muy deteriorada desde hace años. Yo no pido dinero, nada más quiero que arreglen la vía", añadió el afectado.

Orden es clara

El pronunciamiento le ordena al Conavi reparar los daños en la vía en el plazo de 1 mes hábil luego de ser notificado.

"Se ordena a German Valverde (…) que coordine lo necesario para que, dentro del marco de sus atribuciones y competencias, y en asocio con las instituciones correspondientes, realice todos los actos requeridos para solventar de modo preventivo los daños denunciados en la ruta que pongan en riesgo a las personas que transitan en esta. (…) De no acatar la orden dicha, incurrirán en el delito de desobediencia (…) y se le impondrá prisión de 3 meses a 2 años o de 20 a 60 días de multa", cita el fallo que no hace otra cosa sino obligar al Conavi a cumplir con su labor: el mantenimiento y conservación vial.

"Se condena al Consejo Nacional de Vialidad al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos  que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo", añade el fallo.

El afectado tuvo que pagar 120 mil colones para arreglar las llantas y aros del carro. Y califica el pronunciamiento de la Sala IV como una victoria.

"Nosotros pagamos los peajes, el impuesto único de los combustibles y otro montón de cargas. Por eso no es justo que tengamos calles en tan mal estado, no nos merecemos eso", añadió el afectado.

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