Sala IV ordena a MEP mejor atención a niño con discapacidad, autismo y epilepsia
Tribunal ordenó asignarle asistente y trasladarlo a un grupo más pequeño

Archivo con fines ilustrativos.
La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto a favor de un niño con discapacidad, autismo y epilepsia.
El recurso fue presentado por la madre del niño, quien relató que su hijo ha ido perdiendo las habilidades básicas tales como caminar y comer solo. Dada las circunstancias solicitó a las autoridades de la escuela que le nombraran un asistente personal, según una recomendación hecha por el Hospital Nacional de Niños.
Sin embargo, la jefa del Departamento de Educación Especial del Ministerio de Educación Pública (MEP) denegó la petición, bajo el argumento de la figura de asistente de aula no está prevista por el Manual Descriptivo de Puesto, y, como solución, recomendó el traslado del menor a otro centro educativo.
Ante eso, el Tribunal ordenó al MEP, asignarle a la Escuela Neuropsiquiátrica Infantil, donde cursa estudios el menor -al menos- un asistente de aula más.
También exige que se reubique al niño en un grupo con menos estudiantes (actualmente está en uno de 5 alumnos), con el fin de que se le brinde una atención acorde a sus necesidades especiales.
"La Educación Inclusiva es aquel proceso mediante el cual un centro educativo se propone responder a todos los alumnos como individuos, reconsiderando su organización y propuesta curricular, con la capacidad de aceptar a todos los alumnos de la comunidad que deseen asistir ahí -en contraposición a la exclusión-, y en donde aquéllos son atendidos, reconocidos y respetados como personas con discapacidad a las que se les va a potenciar en función de sus capacidades y competencias", señala la sentencia.
Una vez sean notificadas, las autoridades del MEP tendrán 3 meses para asignar el asistente de aula al centro educativo y un mes para reubicar al menor a un grupo más pequeño.