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Sala IV ordena abrir procedimiento administrativo por golpiza a privado de libertad

Además, le ordenan a las autoridades de Justicia colocar equipos de grabación que permitan documentar estas situaciones

Por Andrey Villegas | 24 de Ago. 2022 | 8:54 am

(CRHoy.com) Un privado de libertad puso un recurso de habeas corpus ante la Sala Constitucional luego de indicar que fue golpeado por varios oficiales de la Policía Penitenciaria en el Centro Nacional de Atención Específica.

El mismo menciona en el recurso que la agresión le generó varias lesiones en su cabeza, hombro y brazo derechos, muslo y pierna derecha, así como en las costillas, por lo que le solicitó a un oficial ser llevado al Área Médica, pero su petición fue ignorada. También alega ser portador de VIH y que no es atendido como se merece.

Según el recurso tramitado en el expediente 22-014168-0007-CO, "se trata de un masculino de 33 años quien refiere que el 22/06/2022, 8 oficiales penitenciarios lo agredieron, uno lo golpeó con la barra policial en la cabeza, el resto le patearon el hemitórax izquierdo, luego con barras policiales le golpearon el hombro, brazo, muslo y pierna derechas, niega otros traumas, asoció pérdida del estado de la conciencia por minutos. Consultó el mismo día en la Clínica del CAI, donde le suturaron la cabeza y lo remitieron al Hospital de Alajuela, donde le realizaron radiografías que descartó fracturas, le prescribieron analgésicos y lo dieron de alta. Al examen físico con equimosis y heridas modificadas por puntos de sutura como descrito".

Por otra parte, Susana Fonseca Roja y Carlos Arias Cubillo, Directora y Jefe Policial del Centro Nacional de Atención Especifica respectivamente, informaron bajo juramento que el 23 de junio anterior, Luis Diego Ramírez ingresa a la celda 8 de módulo C-2 -donde se encuentra el recurrente- luego de que este se molestara por "no habérsele movido la antena de televisión en virtud de la escasez de personal policial, arremete en contra de los agentes policiales Salas Ramírez, Quirós Jiménez y Solano Jiménez, lanzándoles con sus manos cloro que tenía en un balde en sus rostros, asimismo, los golpeó con un palo de escoba que portaba, ya que estos portaban los escudos antidisturbios, siendo necesaria la utilización de la vara policial reglamentaria para detener la agresión en contra de los servidores; de manera accidental el administrado es golpeado en la cabeza, momento en el cual suelta el palo con el que le estaba propinando golpes al cuerpo policial, resbalándose y cayendo al suelo, siendo reducido a la impotencia para mitigar su actuar violento".

Además, también bajo juramento, el ministro de Justicia y Paz, Gerald Campos Valverde, señala que "los funcionarios a los que les fue rociado cloro en sus rostros debieron ser trasladados a recibir atención médica a la clínica La Reforma, lo que conllevó a la incapacidad para desarrollar sus funciones por el plazo de 5 días por parte del Instituto Nacional de Seguros, procediendo los agentes policiales con la interposición de la denuncia correspondiente ante el Ministerio Público en contra del recurrente" y afirma que el tutelado es trasladado al ser las 6 p. m. al Hospital San Rafael de Alajuela para que recibiera atención médica e ingresado nuevamente a la 1:25 a m. del día siguiente.

Bajo juramento, el Director General de Adaptación Social Juan Carlos Arias Agüero, destacó que "no es cierto que fuese golpeado por varios oficiales de la policía penitenciaria, fue el recurrente quien agredió al cuerpo policial".

"En cuanto a la supuesta falta de atención médica, por ser portador de VIH, afirmando incluso no ser atendido como se merece (…) el Dr. Carlos Calderón Rojas, hace referencia de su estado de salud como de sus atenciones", señala el recurso

Las grabaciones no se pueden enseñar como evidencia porque se eliminan los videos cada 30 días, según señalaron María Ester Vargas Paniagua y José Manuel Tapia Montero, Directora y Jefe Policial del Centro Nacional de Atención Especifica.

Es por esto que declaran parcialmente con lugar el recurso en relación con la agresión sufrida.

La Sala Constitucional ordenó a Vargas Paniagua y Tapia Montero realizar las gestiones necesarias para que se inicie un procedimiento administrativo para descubrir la verdad real de los hechos y determinar la "eventual responsabilidad administrativa de los funcionarios implicados".

"Tal procedimiento administrativo deberá culminar dentro del plazo de 2 meses contado a partir de la notificación de este pronunciamiento. Asimismo, se ordena que, en el plazo de 3 meses, contado a partir de la notificación de la presente resolución, adquieran y utilicen equipo de grabación portátil suficiente, a efectos de filmar, almacenar, registrar y documentar todas las intervenciones, requisas y recuentos que se lleven a cabo. Además, deberán garantizar que los vídeos que se obtengan de las cámaras ubicadas en el centro penal accionado se mantengan en el sistema durante al menos un mes y, en caso de ocurrir algún evento de naturaleza o magnitud relevante, deberán mantener una copia de respaldo de los vídeos correspondientes en un medio informático de almacenaje independiente", indica el recurso.

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