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Sala ordena al MEP garantizar un sistema de educación inclusivo

Magistrados intervinieron para que un joven autista fuera reincorporado al colegio

Por Katherine Castro | 26 de Jul. 2017 | 9:59 am

Sala Constitucional ordenó la reintegración inmediata de un joven a su colegio. Foto: Daniela Abarca / Archivo CRH.

La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo presentado contra el Colegio Monterrey, ubicado en San Pedro de Montes de Oca por no garantizar a un joven autista de 14 años un sistema inclusivo en su educación.

En recurso presentado el 23 de junio de este año, los solicitantes pedían la intervención de la sala, luego de que al joven quien estudiaba en esa institución desde el 2012, se le condicionará la matrícula.

"A mediados de junio del 2016 se les convocó a una reunión en la que le informaron que a su hijo le condicionaron la matrícula hasta tanto no se le ubicara en un aula diferenciada del programa de educación especial en secundaria", indica la resolución de la Sala Constitucional.

Los padres del menor molestos con esta situación, alegaron que el cambio de sistema educativo significaría someter al joven a un sistema de inferior calidad del que está acostumbrado; además lo privarían de estar con sus compañeros.

El Tribunal ordenó al Colegio de Monterrey restituir de forma inmediata al estudiante, de manera que se le garantice su derecho a la educación inclusiva en el sistema regular.

Asimismo, la Sala reiteró que: "la integración social de las personas con discapacidad, debe ser un objetivo prioritario del Estado que tiene la obligación de adoptar los mecanismos que sean necesarios para eliminar progresivamente las barreras que limitan a las personas con discapacidad el ejercicio de su derecho a una vida independiente".

Los magistrados de la Sala, también le reiteraron al Ministerio de Educación (MEP), su deber de garantizar el acceso a la educación de los estudiantes con discapacidad de conformidad a los parámetros internacionales y nacionales fijados.

Para esto le ordenaron reglamentar en un plazo no mayor a cuatro meses, las condiciones de ingreso y permanencia de personas con discapacidad en los centros de enseñanza públicos y privados

"El Ministerio de Educación debe de brindar una estandarización y guía de actuación para los colegios en esa área, con pautas y líneas claras de cómo proceder, pero además debe ejercer un control y fiscalización permanente, sin que lo anterior implique, en modo alguno, girarle fondos públicos a esos centros educativos", aseguraron.

La Sala estuvo integrada por el Magistrado Presidente, Ernesto Jinesta Lobo, y los Magistrados Fernando Cruz Castro, Fernando Castillo Víquez, Paul Rueda Leal, Luis Fdo. Salazar Alvarado, Nancy Hernández López (como ponente) y José Paulino Hernández Gutiérrez.

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