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Salud insiste en acceder a datos sensibles de pacientes con depresión y riesgo suicida

Aseguran que funcionarios deben respetar la confidencialidad.

Por Ambar Segura | 24 de Mar. 2026 | 9:16 am

El Ministerio de Salud amenazó a una clínica de atención psicológica que enfrentaría una clausura, una multa económica y una denuncia penal si no entregaba datos personales de pacientes atendidos por depresión o riesgo suicida. Pese a cuestionamientos, insisten en la necesidad de los datos identificatorios.

Tras 4 semanas sin responder a consultas de CR Hoy, Salud defendió, en un comunicado general, el acceso a los datos de las personas atendidas por psicólogos.

El Ministerio de Salud defendió su actuación al señalar que la solicitud de información responde a la protección de la salud pública y a una obligación legal dentro del sistema de vigilancia epidemiológica.

La institución indicó que, como ente rector del sector, tiene la potestad de requerir datos a entidades públicas y privadas cuando sean necesarios para el control sanitario, incluso si se trata de información personal en el marco de este tipo de vigilancia.

También aseguró que el intercambio de información técnica o nominal entre instituciones de salud no vulnera el secreto profesional, ya que los funcionarios que acceden a estos datos están sujetos al mismo deber de confidencialidad y pueden enfrentar sanciones administrativas y penales ante un uso indebido.

El caso

El establecimiento afectado es Grupo Poïesis, que el 3 de marzo de 2026 recibió una orden sanitaria con un plazo de 24 horas para cumplir lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N.° 40556-S.

De acuerdo con el documento emitido por el Ministerio de Salud, la clínica debía enviar semanalmente, por correo electrónico ordinario, una planilla con información detallada de los pacientes atendidos por estas condiciones de salud mental.

Entre los datos solicitados figuran el nombre completo, número de cédula, fecha de nacimiento, dirección exacta, teléfono y diagnóstico clínico. Esta información debía remitirse a una cuenta institucional con dominio @misalud.go.cr.

La clínica cuestionó la medida al considerar que vulnera la confidencialidad de los pacientes y el secreto profesional, ya que obliga a entregar información altamente sensible sin autorización previa.

El director general del centro, Carlos Bonilla, afirmó que, aunque respaldan la vigilancia epidemiológica, rechazan que se realice mediante la identificación directa de los pacientes. A su criterio, este tipo de solicitud no aporta valor científico y expone la privacidad de personas en condición vulnerable.

También advirtió que este tipo de medidas remite a prácticas del pasado, cuando los datos sobre salud mental se utilizaban de forma pública, lo que derivaba en estigmatización y afectación de derechos.

Debate por utilidad epidemiológica

La clínica sostuvo que, para efectos de vigilancia epidemiológica, los datos relevantes son la cantidad de casos por grupo de edad, sexo, región geográfica y diagnóstico.

No obstante, el decreto exige además información identificatoria como nombre, número de cédula, dirección exacta y teléfono de cada paciente.

Según el centro médico, estos datos no aportan valor epidemiológico, ya que el análisis de fenómenos como los intentos de suicidio puede realizarse sin necesidad de identificar individualmente a las personas.

Recurso de amparo

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia admitió para estudio un recurso de amparo interpuesto por Grupo Poïesis S.A. contra el Ministerio de Salud, tras la exigencia de datos sensibles de pacientes. Además, otorgó un plazo de tres días al director del Área Rectora de Salud de La Unión para que rinda un informe sobre los hechos denunciados.

El expediente se tramita bajo el número 26-007865-0007-CO. La acción fue presentada el 16 de marzo por Carlos Bonilla en representación de la clínica y se dirige contra una orden sanitaria emitida el 3 de marzo de 2026.

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