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Ticos no pagarán las huelgas de empleados públicos

Por Carlos Mora | 20 de Ene. 2020 | 8:35 am

(CRHoy.com) Los costarricenses no volverán a pagar más las abusivas huelgas de los funcionarios públicos.

Este lunes, a primera hora de la mañana, el presidente Carlos Alvarado Quesada firmó el proyecto de ley que regulará el ejercicio del derecho de huelga en el país. El plan había sido aprobado en segundo debate el pasado jueves por los diputados con 35 votos a favor.

Con esta ley no se volverán a presentar abusos como los ocurridos entre septiembre y diciembre de 2018, cuando las huelgas del sector público dejaron pérdidas a la economía nacional por los ₡138 millones, según datos del Banco Central.

La ley no tardará mucho para entrar en vigor. Será cuestión de días después de que sea publicada en el diario oficial La Gaceta, lo que será esta misma semana.

La ley fue impulsada por el presidente del Congreso y diputado de Liberación Nacional, Carlos Ricardo Benavides.

Este lunes, el Mandatario Alvarado y el presidente legislativo Benavides manifestaron su satisfacción con el punto final de la aprobación de esta ley. La firma se realizó en el lobby de la Casa Presidencial.

Además de la reforma al Código de Trabajo para no pagar salarios desde el primer día a quienes se sumen a una huelga, el plan introduce modificaciones como la clasificación de huelgas desde el punto de vista de los servicios públicos.

Por ejemplo, define los servicios esenciales en los cuales quedarán absolutamente prohibidas las huelgas.

Algunos de ellos son los servicios médicos y de salud a todo nivel, servicios policiales, suministro de combustibles mientras la actividad esté en régimen de monopolio, controladores aéreos y control migratorio, bomberos, suministro de agua potable y energía eléctrica, así como prestación de los servicios de telecomunicaciones, entre otros.

En otro tipo de servicios, se permitirán las huelgas, pero sujetas a la prestación de un plan de servicios mínimos.

Este es el caso de los servicios de importancia trascendental, como la recolección de basura y tratamiento de residuos, labores de carga y descarga en muelles y servicios bancarios. Además, estarán limitadas a un plazo de 10 días naturales.

En el sector educación, se permitirán las huelgas, pero no podrán superar un plazo de hasta 21 días naturales.

También se obligará a los sindicatos a mantener un correo electrónico vigente y actualizado ante el Ministerio de Trabajo para recibir notificaciones de los trámites de calificación de huelgas.

Además, se otorgarán 24 horas a los jueces de trabajo para declarar legal o ilegal una huelga.

El texto aprobado no contiene los dos párrafos que fueron objetados por la Sala Constitucional.

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