¿Trabaja este 1° de mayo? Así deben pagarle
Mañana viernes se conmemora el Día Internacional de los Trabajadores, siendo uno de los feriados de pago obligatorio establecidos en el artículo 148 del Código de Trabajo.
Por este motivo es que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) recuerda que en este tipo de feriados el pago a los trabajadores debe ser doble.
En caso de que el trabajador realice horas extra, el pago se debe hacer a tiempo y medio doble, es decir, que se recibe triple salario por esas horas laboradas.
Cabe señalar que todas las personas tienen derecho a disfrutar del feriado sin importar la actividad que desempeñen; el Código de Trabajo establece que ningún trabajador está obligado a laborar durante un feriado, salvo excepciones que se contemplan en los artículos 152 y 153.
Todas las empresas, sean nacionales, transnacionales o internacionales, deben conceder el feriado a los colaboradores.
