TSE pide prueba de solvencia económica a donante de Laura Fernández que fue condenado por soborno
El Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos (DFPP) del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) solicitó un informe de solvencia económica de uno de los financistas de la campaña de la presidenta electa, Laura Fernández, quien fue sentenciado por pagar dádivas a un exalcalde de Aserrí.
Se trata de Juan Carlos Obando Umaña, quien donó ₡5.000.000, dinero que fue reportado en octubre de 2025. Este corporativo fue sentenciado a un año de cárcel por el delito de cohecho impropio, en la modalidad de penalidad del corruptor. La pena se impuso en enero del 2010.
Este delito —también conocido como cohecho activo impropio— se configura cuando un particular entrega, ofrece o promete una dádiva a un funcionario público para que realice un acto propio de sus funciones que no es ilegal.
El caso se remonta a la época en que Obando se desempeñaba como gerente de la empresa Berthier EBI, compañía perteneciente a un grupo canadiense dedicada a la recolección, transporte y disposición final de basura y desechos.
La empresa opera en Costa Rica desde finales de la década de 1990 y actualmente tiene a su cargo los rellenos sanitarios de El Huaso, en Aserrí, y de La Carpio, en La Uruca, San José, los cuales reciben una parte significativa de los residuos del país.
La condena penal contra el exgerente de EBI surgió tras una investigación que permitió confirmar que, mientras ocupaba ese cargo, Obando concedió un millonario monto al entonces alcalde de Aserrí, Mario Morales Guzmán, para que recuperara su vivienda.
Por esos mismos hechos, el exalcalde fue condenado a 5 años de cárcel por los delitos de enriquecimiento ilícito, un delito de cohecho impropio —por recibir una dádiva— y tres delitos de falsedad en la declaración jurada de bienes.
Según el Tribunal que dictó sentencia, Obando, a sabiendas de la condición de funcionario público de Morales, le proporcionó una dádiva indebida para la realización de actos futuros propios de sus funciones, algunos de ellos concretos y ciertos, y otros futuros y eventuales.
El dinero fue entregado entre 2005 y 2006, años en que la empresa EBI se adjudicó la administración del relleno sanitario de El Huaso. En ese contexto, el exgerente otorgó el dinero al exalcalde como un préstamo.
Obando, financista de la campaña de Laura Fernández, también fue gerente de Relaciones Corporativas de Industrias Infinito, filial de la minera canadiense Infinito Gold, la empresa que estuvo detrás del fallido proyecto de minería de oro a cielo abierto, en Crucitas de Cutris, San Carlos.
Él fue el principal vocero de la empresa en la defensa pública del Proyecto Crucitas frente a las críticas de ambientalistas y durante los procesos tramitados en el Tribunal Contencioso Administrativo.
En septiembre de 2011, mientras trabajaba para la minera, fue ingresado a prisión para cumplir la condena pendiente por el caso de corrupción vinculado a su paso por EBI. Estos roles gerenciales clave en ambas empresas, lo convirtió en una figura visible en dos de los mayores conflictos ambientales y legales del país.
CR Hoy informó días atrás que el TSE mantiene bajo la lupa la solvencia económica de al menos 60 donantes y compradores de bonos de la campaña de diferentes agrupaciones.
Al partido chavista Pueblo Soberano (PPSO) usado por Laura Fernández para sus aspiraciones, es la agrupación a la que más se le ha solicitado documentación para determinar el origen de los recursos recibidos: 30 de los donantes examinados pertenecen a esa agrupación.
Lo que busca el Departamento de Financiamiento de Partidos del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) con las solicitudes es garantizar la procedencia limpia de los fondos donados a las campañas electorales.
Condena a Obando y beneficios a alcalde
La condena fue impuesta por el Tribunal Penal de Juicio de Goicoechea el 27 de enero de 2010. Aunque fue impugnada mediante seis recursos de casación, la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia ratificó a mediados de 2011 la sentencia: un año de prisión para Obando Umaña y cinco años para el exalcalde Morales Guzmán.
De acuerdo con la acusación de la Fiscalía, el 7 de abril de 2006 Obando Umaña fungía como presidente y apoderado generalísimo de la sociedad Tropical Ventures de Costa Rica S. A. En esa condición, a solicitud de Mario Morales, extendió un oficio dirigido a Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo para facilitar gestiones de crédito a favor del entonces alcalde.
En el documento se indicó que Morales Guzmán había suscrito una hipoteca en primer grado a favor de esa sociedad por un monto original de $45.000 y que, a esa fecha, el principal adeudado era de $30.000, encontrándose al día en el pago de intereses.
Sin embargo, apenas siete días después de la inscripción de la hipoteca por $45.000, Obando emitió un nuevo oficio en el que consignó que al 7 de abril de 2006 el monto adeudado era de $30.000.
En consecuencia, Morales Guzmán redujo la deuda en solo siete días en $15.000 por concepto de amortización al principal.
No obstante, en las declaraciones juradas de bienes analizadas en el proceso, Morales Guzmán afirmó bajo juramento que no contaba con otras fuentes de ingreso distintas a su salario y que no poseía certificados de depósito a plazo ni otros activos circulantes.
Aun así, siete días después de la inscripción de la hipoteca, aportó ante Mutual Alajuela un documento en el que indicaba que el saldo adeudado era de $30.000, es decir, que había amortizado $15.000 a la deuda con Tropical Ventures de Costa Rica S. A.
El análisis de la documentación permitió concluir que el balance entre ingresos y gastos de Morales Guzmán no le permitía obtener, en un lapso de siete días, una liquidez de $15.000, ni siquiera considerando un ahorro total de sus ingresos sin cubrir gastos personales y de manutención.
"El imputado Juan Carlos Obando Umaña, como representante de la sociedad anónima Tropical Ventures, emitió la nota GG-TV/209 a favor del encartado Mario Morales Guzmán, para entonces alcalde del cantón de Aserrí, con lo cual le condonó quince mil dólares de la deuda que este último tenía con dicha sociedad, lo que necesariamente se traduce en un enriquecimiento ilícito de Morales Guzmán", cita el fallo de la Sala III.
El delito se configura cuando Obando emite la nota con el saldo de la deuda, permitiendo que Morales, sin respaldo económico suficiente, accediera a un crédito hipotecario en Mutual Alajuela.

En ese momento se produjo una condonación ilegítima por parte de Obando, como representante de sus empresas Grupo San José y Tropical Ventures, lo que permitió que el funcionario público acrecentara su patrimonio.
En términos simples, fue "a través de esta dádiva de quince mil dólares que el encartado Morales logró adquirir el bien que había perdido, constituyéndose hipoteca a favor de Mutual Alajuela".
En el recurso de casación, la defensa alegó que Mario Morales y Juan Carlos Obando eran amigos desde hacía más de 30 años, que el préstamo obedecía a esa relación personal y que Obando ya no formaba parte de la empresa cuando ocurrieron los hechos.
Para los magistrados, sin embargo, resultó irrelevante la existencia o no de una amistad, así como su duración.
El punto central fue que Morales Guzmán recibió de Obando, conforme a un plan previamente acordado, una doble dádiva como funcionario público: primero, al permitírsele usufructuar y habitar el inmueble durante 27 meses, y segundo, al facilitársele la readquisición de la propiedad, todo a cambio de su compromiso de respaldar, como alcalde de Aserrí, cualquier gestión de Berthier EBI para asegurar la adjudicación del relleno sanitario en trámite.
El fallo también concluye que la compra realizada por Corporación Grupo San José Internacional S. A., representada por Obando, tuvo como única finalidad favorecer a Morales Guzmán. Para ocultar la ilicitud de la negociación, la escritura de compraventa no fue presentada ni inscrita en el Registro Nacional.
El testimonio quedó en poder de Obando, mientras Morales tomó posesión y disfrute del inmueble sin pagar renta ni intereses, generándose así un incremento indebido de su patrimonio.
Asimismo, la sentencia detalla cómo Morales habría favorecido a EBI mediante actos propios de su cargo, como el veto al acuerdo municipal que cuestionaba la falta de audiencia pública para la instalación del relleno sanitario en Aserrí, así como la posterior aprobación del uso de suelo necesario para el proyecto.
Finalmente, los magistrados determinaron que el dinero utilizado para la compra de la vivienda provenía de la empresa Berthier EBI, quedando acreditado no solo su origen, sino también la ruta seguida.
Aunque formalmente Obando dejó el cargo de gerente general a partir del 1.º de octubre de 2005, el tribunal concluyó que continuó realizando actos en beneficio de la empresa, como se evidenció en la cesión de crédito analizada en el proceso.


