Con alguna regularidad, me consultan acerca de dos simplificaciones que suelo hacer para referirme a las necesidades actuariales de los sistemas previsionales. Yo les digo el “200 a 1” y el “3 a 1”. Como toda simplificación, estos términos esconden grandes variaciones de las realidades específicas de las personas y de los regímenes de pensiones.
Sin embargo, los considero buenos puntos de partida para que las personas comprendan la magnitud del esfuerzo económico que implica ahorrar para la vejez. También son una simplificación útil para explicar las diferencias en las implicaciones de un régimen privado con anualidades (annuities), un régimen privado sin anualidades y un régimen público solidario.
El “200 a 1” se refiere a una aproximación para saber cuánto ahorro acumulado debe tener una persona y que sea suficiente para cumplir con sus necesidades hasta su expectativa condicionada de vida. Es muy importante el concepto de “expectativa condicionada”. Muchas personas están familiarizadas con la noción de “esperanza de vida al nacer”, que en el 2023 el INEC estima en 81 años para las mujeres.
Sin embargo, para efectos de pensiones, es incorrecto utilizar esta esperanza de vida por cuanto una persona que se está pensionando a los 65 años, ha sobrevivido todas las posibles causas de muerte desde que nació hasta llegar a los 65 años. Cuando hacemos el ajuste correspondiente, nos da que una mujer nacida el 6 de junio de 1958 (cumpliendo 65 años el día que se publica esta columna) tiene una expectativa de vida condicionada de 24 años y medio, es decir, hasta los 89.5 años, según las tablas de vida de la SUPEN con proyecciones Lee-Carter.
Si ese concepto aún no le resulta intuitivo, contemple el caso de una mujer que ya tiene 90 años. Si la expectativa de vida al nacer en el 2023 era 81 años, ¿cómo calcularíamos la esperanza de vida de la nonagenaria? Tiene que ser un número positivo, el cual es la expectativa de vida condicionada, que en el caso de una mujer nacida en 1933 son más de seis años adicionales (se espera que en promedio viva hasta los 96 años).
Regresando al ejemplo original, la mujer nacida en 1958 debe tener suficientes recursos para financiar una pensión que en promedio le durará 294 meses (24 años y medio). Entonces, el 200 a 1 se refiere a que, si una persona desea tener una pensión mensual de medio millón de colones, deberá ahorrar 200 veces ese monto, unos 100 millones de colones.
¿Pero por qué no ahorrar 294 veces el monto mensual? Eso es porque una vez que se inicia con un monto de ahorro de 100 millones de colones a los 65 años, éste continúa ganando intereses que pagan parcialmente la pensión mensual. Solo el remanente de pensión que no fue cubierto por los intereses se deduce del ahorro principal. Es una versión en espejo de pagar un servicio de deuda que es parte los intereses de una deuda y parte amortizar el principal.
Parte de la complejidad actuarial y financiera de esta situación es que este ahorro debe financiar una esperanza de vida incierta. Sólo sabemos el promedio, pero, así como algunas personas podrían ahorrar los 100 millones de colones y fallecer repentinamente pocos meses después de jubilarse, otras pueden sobrevivir hasta superar los 100 años, con los consecuentes retos financieros de “rendir” o “estirar” el dinero durante más de una década adicional a lo esperado.
Hay tres formas básicas de resolver este riesgo de longevidad. Una de ellas es trasladar todo el riesgo al pensionado, que es el caso de una pensión privada sin la posibilidad de adquirir una anualidad. En Costa Rica legalmente sí existe la opción de anualidad o renta vitalicia, pero ninguna aseguradora la ofrece, en parte porque es muy difícil calcular la tabla actuarial del subgrupo de personas que decidiría escoger dicha opción. Por ende, las opciones como el retiro programado sí están generando un riesgo de longevidad parcial: la persona que llegue a edades muy avanzadas recibirá su pensión IVM completa, pero una pensión complementaria cada vez más pequeña conforme consume los ahorros.
En países que tienen mercados financieros más maduros y existen anualidades o renta vitalicia, el problema es el riesgo de mercado al momento de adquirir la anualidad. Por ejemplo, en los EE. UU., la persona que desea pensionarse debe liquidar su fondo de ahorro (que está invertido en mercados financieros) y adquirir la anualidad. Si los activos financieros han sufrido un declive fuerte en precios justo antes de dicha liquidación, como ocurrió en el 2008-2009, el pensionado puede enfrentar una pensión hasta 30% o 40% más pequeña de lo que esperaba. En Costa Rica, el retiro programado o renta permanente no implican esta liquidación total.
¿Cómo se evitan el riesgo de longevidad y el riesgo de mercado? En Costa Rica, como en muchos otros países la solución fue un régimen de pensión solidario y colectivo, que para la mayoría de trabajadores es el IVM de la CCSS. Creo que muchas personas tienden a pensar que la solidaridad se refiere a un tema de nivel de ingresos, lo cual también es un componente del IVM (las personas con menos ingresos reciben una pensión más alta relativa a sus ingresos), pero la solidaridad más importante para la inmensa mayoría de pensionados es que el régimen colectivo disminuye su riesgo personal de longevidad y de mercado.
Si vives mucho tiempo, recibirás la pensión. Si te pensionas en un mal momento de la economía costarricense, no afecta tu pensión.
Sin embargo, los riesgos no han desaparecido. Aparecen los riesgos actuariales de todo el régimen y de ahí la preocupación por el “3 a 1” al que me referiré en una futura columna.