#CRHoyExplica: 10 cosas sobre la Ley de Empleo Público que debe saber
Nuevas contrataciones del Estado se regirán por otro modelo salarial
(CRHoy.com) -La Ley Marco de Empleo Público, que entró a regir desde el viernes pasado, es una herramienta que regula las relaciones de empleo público y empleo mixto entre la Administración Pública y sus servidores.
Es un instrumento que pretende corregir a futuro las desigualdades salariales entre empleados de diferentes instituciones públicas, en algunos casos hasta de un 200%, a pesar de tener la misma clase de puestos y el mismo nivel de responsabilidad.
También es un cuerpo normativo para mejorar la forma en la que se contratan y gestionan los recursos humanos públicos que impactará positivamente en el elevado gasto del Estado por el pago de remuneraciones e incentivos salariales.
La filosofía de las nuevas reglas de empleo público se resume en establecer que para igual trabajo se aplicarán idénticas condiciones de eficiencia, puesto y jornada e igual salario.
Es, en palabras de la ministra de Planificación Nacional y de Política Económica (Mideplán), Laura Fernández, una de las más grandes reformas administrativas del Estado de los últimos tiempos.
CRHoy.com da respuestas a 10 de las preguntas más importantes que ha generado la nueva normativa, aprobada por la Asamblea Legislativa anterior, entre algunos trabajadores públicos.
1. ¿A quiénes cubre y a quiénes no?
La Ley Marco de Empleo Público incluye un conjunto de reglas que se aplicarán únicamente a las nuevas contrataciones de trabajadores que hagan las instituciones estatales incluidas en su ámbito de cobertura.
Las entidades públicas sujetas a la nueva normativa las puede ver en esta ilustración.
2. ¿Habrá varios regímenes de empleo?
No. La ley establece un único régimen general de empleo público que será conformado por estas 7 familias de puestos:
3. ¿Afecta a los actuales salarios?
No. A los trabajadores de las entidades públicas en el ámbito de cobertura de la ley que fueron contratados antes de la vigencia de la ley se les respetará sus condiciones salariales actuales.
4. ¿Cómo se les pagará a los nuevos empleados públicos?
A los nuevos servidores de las instituciones públicas en el ámbito de cobertura de la ley no se les pagará con el modelo de salario compuesto (base salarial e incentivos), sino con el modelo de salario global: un monto único por sus servicios al Estado.
Para ello, se diseñarán columnas del salario global en las cuales se indicarán los puestos y las remuneraciones que recibirán los servidores.
5. Si es contratado por el Estado en este momento, ¿Qué pasará?
Las remuneraciones para los nuevos empleados que contraten las instituciones públicas cubiertas por la Ley Marco de Empleo Público serán determinadas por el salario global temporal en los próximos seis meses.
Esta es una modalidad que se usará únicamente durante ese periodo de tiempo mientras las entidades públicas alistan las nuevas columnas del salario global definitivo que ordena la normativa.
El salario global temporal se compone del salario inicial, es decir, el sueldo que se le pagará a la persona en el momento de su contratación más los puntajes por título académico, experiencia y otros factores, según el puesto y las reglas del Servicio Civil.
6. ¿Cómo se fijarán los salarios para los nuevos empleados?
Se realizará construyendo una metodología de remuneración del trabajo para el servicio público. Cada familia de puestos tendrá una columna de salario global que indicará el puesto y la remuneración que recibirá la persona servidora pública que lo ostente. La columna salarial deberá ser publicada en la plataforma integrada de empleo público.
7. Si es contratado con las nuevas reglas, ¿se puede modificar el salario global que recibirá?
No. La ley prohíbe el uso de mecanismos de negociación colectiva para modificar el salario, la escala salarial y los componentes de la columna salarial global. También prohíbe el uso de esa figura para crear incentivos, compensaciones o pluses salariales.
8. ¿Cuáles reglas regirán para las nuevas contrataciones?
El reclutamiento y la selección de los empleados públicos de nuevo ingreso se efectuarán con base en su idoneidad comprobada. En los procesos de reclutamiento y selección no podrá elegirse a un postulante que se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
a) Estar ligado por parentesco de consanguinidad o de afinidad en línea directa o colateral, hasta tercer grado inclusive, con la jefatura inmediata ni con las personas superiores inmediatas de esta en la respectiva dependencia.
b) Encontrarse enlistada en el registro de personas inelegibles de la plataforma integrada de empleo público.
9. ¿Habrá evaluaciones del desempeño?
10. ¿La ley ordena despedir a funcionarios públicos interinos?
No. Las personas en esa condición tendrán continuidad laboral con las entidades públicas que las contrataron y se les respetará sus derechos laborales.