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La señal es clara: no nos detenemos, ni tampoco la Ley de Alivio Fiscal

Por Francisco Villalobos | 24 de Mar. 2020 | 4:17 am

Continuamos luchando y esperando lo mejor y confiando en que las autoridades del país y del mundo, hacen su mejor esfuerzo en prevenir que esta pandemia se propague con rapidez incontrolable. De parte de cada de uno de nosotros: evitar en la medida de lo posible el contacto con el mundo exterior, llamar a la familia, a los amigos, a los vecinos, ayudar ahí donde sea posible y ser conscientes de la escasez probable de las cosas al consumir, especialmente del agua.

Me parece que al inicio de esta crisis el mundo se debatía entre la negación y la duda. Hoy, conforme se confirma por un lado la facilidad de propagación y las dificultades de atención y por el otro, que de contenerse la curva de crecimiento tiende a aplanarse, el aislamiento de los habitantes en el grado que se demande, parece el camino escogido para evitar que aumenten los casos. Luego, el aislamiento total, nefasto para un sistema de producción de bienes y servicios basado en la especialización y en el intercambio de la misma, local y globalmente, es receta segura para que tal sistema de producción se destruya. Pero el aislamiento parcial como el que vivimos hasta esta semana, parece una forma razonable de conciliar la actividad económica con la contingencia sanitaria, en el tanto claro, no se propague el virus, cuestión que nos vuelve a poner a los individuos como protagonistas.

Por eso entonces me parece que debemos, de ser posible, continuar pagando nuestras cuentas, inclusive pagar el gimnasio o a la persona que nos ayuda en casa aunque no venga por unas semanas, que esa persona también debe pagar a su casero, la luz, el diario y el agua. Y el casero pagarle al banco y el banco pagarle los intereses de los que vive la abuela que tiene ahorros que a su vez, pagan el kínder de la nieta con el que se paga el salario de la teacher que a su vez paga las medicinas de su tía. Todo esta conectado y no podemos desconectarlo de un plumazo. Por eso las medidas de limitar los aforos en restaurantes, permitir la comida puerta a puerta, no cerrar todo establecimiento, fomentar el teletrabajo y comprar en línea, son medidas correctas en un momento en el que no se justifica apagar la luz y quedarnos, ahora sí, completamente en las tinieblas. La solución no solo descansa en los ministros, descansa en los consumidores y empresarios. Es claro que dependiendo de cómo avance esta crisis, veremos en la puerta otras medidas.

Respecto de lo que recién se aprobó en materia fiscal, en IVA y Selectivo de Consumo, para los meses de marzo abril y mayo se puede declarar el impuesto y no liquidarlo (pagarlo), de tal suerte que las declaraciones cubiertas por esta "moratoria" son las que se deban realizar en abril, mayo y junio. Se puede pagar hasta el 31 de diciembre con la posibilidad de, antes de esa fecha se solicite un aplazamiento o fraccionamiento ("arreglo de pago") con la Administración Tributaria sin deber por ello que cancelar intereses ni sanción alguna. La opción de arreglos de pago debe ser reglamentada por la DGT y estaremos atentos a tal reglamentación.

Se aclara que la "moratoria" del pago parcial del impuesto sobre la renta (de los meses de abril, mayo y junio) corresponde realmente a una eliminación de dicho pago y se incorpora un nuevo artículo en el que se exoneran del pago del IVA, los arrendamientos utilizados para actividades comerciales, por los meses de abril, mayo y junio del 2020. No parece existir ninguna limitación respecto del tipo de actividad comercial que pueda disfrutar de esta moratoria en el pago, aplicando por ejemplo a todos los recintos de oficinas profesionales igualmente.

Respecto de los aranceles o sea al Derecho Arancelario de Importación (DAI) y a la Ley 6946 (1% sobre el valor de las mercancías importadas); ambos son los que se negocian en los acuerdos comerciales y por ello, hoy día ya muchos bienes no pagan aranceles en el marco de esos TLC.

Sin embargo, aunque el arancel sea del 0%, algunos productos están sujetos al pago de impuestos específicos. Algunos ejemplos de ello son el impuesto de Selectivo de Consumo, Impuestos a licores y cigarrillos por las Leyes de IFAM e INDER, entre otros. El proyecto de ley no especifica si la moratoria es únicamente sobre aranceles (DAI y Ley 6946) o sobre toda la Obligación Tributaria Aduanera (OTA), que también incluye impuestos específicos. Lo que si es claro es que el IVA en aduanas estará incluído en este aplazamiento o moratoria hasta diciembre. El aplazamiento para los aranceles sin embargo, entrará a regir para las mercancía importadas apartir de abril y no durante el mes de marzo.

Francisco Villalobos
ICS Consultores

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