Plan que permitirá al Gobierno “supervisar” a entidades financieras cerca de avanzar en el Congreso
Un cuestionado proyecto de ley impulsado por el Gobierno, que busca tener un amplio control en la supervisión de entidades financieras, está a las puertas de su votación en una comisión de la Asamblea Legislativa.
La iniciativa, denominada Ley de Protección del Consumidor de Servicios o Productos Financieros y tramitada bajo el expediente 24.616, sería votada próximamente por la Comisión de Asuntos Económicos, según confirmaron diputados de ese órgano legislativo.
Aunque, según el texto, el objetivo de la propuesta es establecer mejores prácticas en la defensa de los consumidores financieros, introduce un modelo de doble supervisión sobre las entidades financieras, lo cual tendría implicaciones en la estabilidad y solidez de las mismas.
Por un lado, se mantendría la supervisión sistémica ya desarrollada por las superintendencias, relacionada con los requerimientos propios de solidez y prevención de riesgo del sistema financiero en su conjunto. Por otro, se plantea centralizar en un solo órgano competente todo lo relativo a la regulación de la conducta del mercado: el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), transformando y especializando a la Comisión Nacional del Consumidor como un tribunal administrativo en la materia.
Según un informe del Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa, esta es la primera vez que se presenta una iniciativa con un modelo de doble instancia de regulación sobre entidades ya supervisadas.
¿Qué se propone?
El Poder Ejecutivo propone una supervisión directa de la conducta financiera a cargo del MEIC, la cual sería realizada por funcionarios escogidos por el Consejo de Gobierno. Esta labor se financiaría con cargo al presupuesto del propio ministerio.
Los principios internacionales, incluidos los de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), establecen que los reguladores y supervisores de entidades financieras deben tener independencia política y presupuestaria.
Para la labor de regulación y supervisión de entidades financieras, el proyecto de ley plantea tratos diferenciados que podrían representar conflictos de interés.
Por ejemplo, el Poder Ejecutivo regularía y supervisaría directamente a entidades de su propiedad, como los bancos estatales.
Una de las disposiciones que más preocupación ha generado entre los diputados de la Comisión de Asuntos Económicos es que se establece la entrega al MEIC de datos confidenciales de los deudores, incluida la información del Centro de Información Crediticia (CIC) de la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef).
La entrega de datos confidenciales por parte de entidades financieras ya causó controversia en 2023, cuando el Banco Central de Costa Rica (BCCR) presionó a la Sugef y a bancos sistémicos para entregar información de esa índole.
La polémica llegó a sede judicial luego de que el BCCR demandara penalmente a la entonces jerarca de la Sugef, Rocío Aguilar, por el presunto delito de desobediencia a la autoridad, tras negarse a entregar los datos. También motivó a la Asamblea Legislativa a abrir una investigación al Banco Central, tras la cual se concluyó que la entidad monetaria violó la protección de datos personales.
Creación de canon
Además, el Gobierno propone la creación de un canon de regulación para financiar la labor que realizaría el MEIC sobre las entidades financieras supervisadas.
El proyecto establece el pago de una nueva tarifa por regulación y supervisión de hasta el 1 % del patrimonio de las entidades, adicional a la que ya pagan a las superintendencias.
Esa carga financiera derivada del canon propuesto sería trasladada al consumidor financiero, quien la pagaría por medio de los productos que adquiera.
En la Comisión de Asuntos Económicos también se ha cuestionado que, según el texto propuesto, se generaría una duplicidad de funciones entre las que actualmente ejercen las superintendencias y las que se asignarían al MEIC.
Multas desproporcionadas
La iniciativa establecería multas consideradas desproporcionadas para las entidades financieras que cometan infracciones graves a la regulación propuesta.
Para las infracciones muy graves se establece una multa como porcentaje del patrimonio contable de la entidad.
"Esta sanción es absolutamente desproporcionada y desigual, pues terminará sancionando con un monto mayor la misma conducta, solo por la condición patrimonial del proveedor, sin relación con la conducta", advierte el informe del Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa.
Por ejemplo, una infracción muy grave podría ser el incumplimiento del trato respetuoso hacia el cliente, lo cual podría ser sancionado a un banco con el 2 % de su patrimonio contable.
"En este tipo de infracciones, que sancionan regulaciones de conducta, no parecen apropiadas las sanciones porcentuales sobre el patrimonio", agrega el informe.
Incluso se proponen sanciones como la suspensión de entre cinco días y tres meses, e incluso la cancelación de la actividad de las entidades, sin una fecha o plazo definido.
"Las infracciones graves también incurren en el problema detectado de ligar la multa al patrimonio contable, lo cual es injusto, no objetivo y representa montos desiguales para conductas iguales. Además, conlleva multas de hasta cien salarios base. Reiteramos que la proporcionalidad y razonabilidad de estas sanciones debe revisarse para evitar eventuales inconstitucionalidades", concluye el Departamento de Servicios Técnicos del Congreso.