Presunto fraude provoca cambio en el pago de depósitos judiciales en el BCR
Usuario denunció que le dieron dinero a otra persona que había sido depositado a su nombre tras proceso judicial
(CRHoy.com).- La comisión de un presunto fraude provocó un cambio en el pago de depósitos judiciales cuando la persona que se presente a cobrarlos en el Banco de Costa Rica (BCR) lo haga por medio de un poder especial, especialísimo, general, general especial o generalísimo.
El procedimiento fue acordado por el Poder Judicial y el Banco de Costa Rica, luego de que un usuario presentara una queja ante el Consejo Superior del Poder Judicial, indicando que otra persona, actuando bajo un poder que él no le había dado, retiró de dicha entidad bancaria un dinero que se le debía pagar luego de un proceso judicial.
El denunciante indicó al Consejo Superior que en enero de este año, un hombre se presentó con un poder a la sucursal bancaria del Banco de Costa Rica, en el Paseo Colón, en San José, y retiró más de ¢10 millones que había girado a su favor el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José. Incluso, dijo que había presentado la denuncia ante el Ministerio Público.
Ante estos hechos, ambas instituciones instauraron un procedimiento para la tramitación de retiros de depósitos judiciales por medio de poderes y el cual empezó a regir a partir del 1 de junio del 2022.
El acuerdo establece que si una persona se presenta con un poder a hacer un retiro, el cajero del BCR deberá informar a la persona que la solicitud quedará sujeta a revisión y con el fin de poder informar sobre el resultado de la revisión, "el personal del BCR solicitará los datos a la persona, así como un número telefónico para localizarlo". Además, escanearán el documento y lo enviarán a un correo electrónico del Poder Judicial.
El proceso a partir de este punto continúa de la siguiente manera:
- Los ejecutivos lo enviarán a la Administradora del Circuito al cual corresponde el despacho, indicando el número de expediente, nombre y número de cédula de la persona beneficiaria, lo cual se deberá hacer el mismo día de la presentación del documento con el que se pretende demostrar la existencia del poder ante la sucursal bancaria.
- La Administradora Regional deberá contactar a la autoridad judicial que autorizó la orden de pago y solicitar que verifique en las diligencias del expediente los datos de la persona. Esta labor se deberá realizar como máximo en un día hábil de recibir el correo señalado en el punto 2.
- Deberá contactar a la persona beneficiaria por los medios disponibles para consultar si autorizó a un tercero para el retiro de los recursos a su favor por medio de cualquier tipo de poder de los antes reseñados en el punto 1. Esta labor se deberá realizar como máximo en un día hábil, a partir del requerimiento de la Administración Regional.
- Comunica de manera inmediata a la persona Administradora Regional el resultado de la consulta a la persona beneficiaria por medio de correo electrónico.
- Recibe la información de la persona juzgadora del despacho judicial y comunica al BCR por medio del correo ejecutivosbcrpoderjudicial@bancobcr.com, indicando el resultado de la gestión según corresponda:
- No pagar:
Deberá indicar en el correo si el beneficiario indicó que no extendió poder alguno.
Si no fue posible localizar el beneficiario. - Sí pagar:
Indicar que por medio del despacho judicial fue posible verificar por medio de la persona beneficiaria la autenticidad del poder especial.
- En caso de que la respuesta sea no pagar porque se comprobó que el beneficiario no otorgó el poder, los Ejecutivos del BCR comunicarán al área de investigaciones para que proceda en coordinación con el OIJ con lo que corresponda.