Logo

¿Protestas, bloqueos o terrorismo?

Por David Gutiérrez Swanson | 9 de Oct. 2020 | 4:38 am

El derecho de protestar es fundamental en una democracia. Es un derecho que nos permite expresar nuestra oposición a algo o a alguien. Es parte clave de la libertad de expresión. En una democracia electoral, el reclamo proporciona una voz a los grupos minoritarios y permite modificar la agenda e iniciar discusiones sobre temas relevantes.

Desafortunadamente, desde que se llevaron a cabo las protestas masivas en contra de la ruptura del monopolio de telecomunicaciones y electricidad durante el gobierno del expresidente Miguel Ángel Rodríguez, en Costa Rica se han normalizado las protestas mediante el bloqueo de vías.

Esto no es procedente. Debemos tener claro que, como lo dijo Jean Paul Sartre, mi libertad termina donde empieza la de los demás. No es posible que algunas personas pretenden imponerse frente a otras pensando que son dueñas absolutas de la verdad y, peor aún, del libre albedrío de todos los que les rodeamos, estemos o no de acuerdo con esa protesta.

El artículo 22 de nuestra Constitución Política garantiza a los costarricenses el derecho de trasladarse y permanecer en cualquier punto del país. Este es el artículo que plasma la libertad de tránsito.

La sanción por violentar este derecho constitucional está en el artículo 263 bis del Código Penal, que establece una pena de prisión a quien impidiere, obstruyera o dificultare de forma alguna el tránsito vehicular o el movimiento de transeúntes. Desafortunadamente, hemos visto como grupos de personas están llevando a cabo bloqueos descontrolados por todo el país, en abierta comisión de este delito.

Además, los desórdenes están siendo provocados por un grupo de personas que, de forma indebida, ilegítima e inconstitucional, pretende asumir la representación del pueblo y hacer peticiones a su nombre. Hasta tiene un nombre: movimiento rescate nacional.

Esto, según nuestra propia Constitución, es sedición. Se trata de un alzamiento colectivo y violento en contra de la autoridad y del orden público. Han herido a más de 100 policías, destruido y robado propiedad colectiva, incendiado furgones, camiones y buses. Al hacerlo están incurriendo, además, en el delito de instigación pública, tipificado en el artículo 280 del Código Penal.

Pero los desórdenes provocados por estas personas podrían ser considerados como actos de terrorismo. La definición básica de terrorismo es una sucesión de actos de violencia ejecutados para infundir terror.

Efectivamente, el nivel de violencia que estamos viendo en estos bloqueos está provocando terror no solamente en transeúntes sino también en exportadores, comerciantes y familias que no pueden ni siquiera ir a dar a luz o a una cita de emergencia a un hospital. Los manifestantes callejeros exigen papeles, revisar vehículos o "peaje" a los ciudadanos. Esto es inaceptable.

Estas actuaciones deben ser investigadas como un potencial delito de terrorismo, cuya sanción es bastante más fuerte que la de bloqueos de vía o la de instigación pública.

Estamos viviendo épocas de una enorme tensión, tanto sanitaria como económica y psicológica. El confinamiento y la imposibilidad de vernos con seres queridos es un agravante. La incertidumbre a nivel global atiza la hoguera del estrés, del resentimiento y de la desconfianza.

Todos podemos tener quejas sobre la forma en la que el Estado costarricense ha venido desempeñándose en los últimos años.

Sin embargo, nuestro derecho de libre expresión lo podemos ejercer por medio de una protesta, sin violar los derechos de los demás. En todo caso, la mejor forma de protesta es la que se expresa en las urnas cada cuatro años.

Pero, en los últimos días esa protesta ha sido llevado a algo más que un bloqueo de vías. Está siendo organizada, dirigida y ejecutada de forma tal que podría considerarse como terrorismo.

El gobierno debe negarse a negociar o si quiera recibir a terroristas que hostigan y amedrentan a los costarricenses.

El Estado debe actuar de inmediato garantizando la paz y la convivencia, ejerciendo el poder. Negarse a hacerlo es negarse a cumplir sus funciones, es negarse a gobernar.

David Gutiérrez
Abogado

Comentarios
13 comentarios
otras columnas