¿Qué implica la declaratoria de emergencia nacional tras las fuertes lluvias?
Medida involucra a 21 cantones afectados por aguaceros de días recientes

Las lluvias registradas en noviembre de 2024 afectaron gran parte del territorio nacional. Cruz Roja/Archivo CRH
La declaratoria de emergencia nacional para 21 cantones, girada por el Poder Ejecutivo para atender los impactos indirectos provocados por el huracán Rafael entre el 1.º y el 12 de noviembre, pretende agilizar el movimiento de recursos del Estado y de ayudas sociales hacia las comunidades afectadas.
La decisión consta en un decreto ejecutivo publicado el 13 de noviembre en el diario oficial La Gaceta.
Eso sí, si el gobierno lo considera pertinente, en los próximos días se podría hacer una ampliación del decreto para incluir los eventuales daños derivados de los efectos indirectos de la tormenta tropical Sara.
Por ahora, la declaratoria vigente incluye los siguientes cantones: Pérez Zeledón (San José), San Ramón, Grecia y Atenas (Alajuela), Nicoya, Santa Cruz, Carrillo, Cañas, Abangares y Nandayure (Guanacaste), Puntarenas, Buenos Aires, Osa, Quepos, Golfito, Coto Brus, Parrita, Corredores, Garabito, Puerto Jiménez (Puntarenas) y Pococí (Limón).
La Ley Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias prevé para este tipo de casos 3 fases: fase de respuesta, fase de rehabilitación y fase de reconstrucción.
Según el decreto, la declaratoria comprende las acciones y las obras necesarias para solucionar los problemas asociados al evento con el fin de "salvaguardar la salud y vida de los habitantes y proteger el medio ambiente". Sin embargo, esto debe constar en el Plan General de la Emergencia, el cual requiere ser aprobado por la junta directiva de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias (CNE).
Mientras persista la declaratoria de emergencia nacional, la CNE destinará fondos y aceptará donaciones de entes públicos y privados, los cuales ingresarán de inmediato al Fondo Nacional de Emergencias.
Para la ejecución de lo estipulado, en el Artículo 38 de la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo N.º 8488 y con el fin de garantizar la atención prioritaria de las afectaciones más urgentes provocadas por el fenómeno hidrometeorológico, se establecen las siguientes regulaciones para la recopilación y evaluación de la información atinentes a los daños provocados por el evento:
- Para la inclusión prioritaria de proyectos de recuperación y reconstrucción, las instituciones públicas competentes tendrán un plazo de 30 días naturales a partir de la vigencia del presente decreto para remitir debidamente justificado el reporte oficial de los daños que requieran de atención prioritaria.
- Vencido el plazo de los 30 días señalados, las Unidades Técnicas de la CNE realizarán la verificación de los daños reportados, con el fin de comprobar el nexo de causalidad de los impactos para su debida aprobación por la Junta Directiva de la CNE.
La junta directiva de la CNE emite el Plan General de la Emergencia con aquellos proyectos cuyo nexo de causalidad haya sido debidamente comprobado.
- Las instituciones competentes pueden además remitir reportes de daños provocados por el evento hasta por un plazo adicional de 30 días naturales posteriores al primer plazo indicado en el inciso a) del presente artículo, cumpliendo así el plazo estipulado por la Ley N° 8488 de dos meses para la presentación de la información. Estos reportes serán igualmente valorados por las Unidades Técnicas de la CNE, que realizarán la verificación de los daños con el fin de comprobar el nexo de causalidad en un plazo de 30 días posteriores al vencimiento del plazo de 2 meses señalado.
- Finalizada la verificación, la junta directiva de la CNE emitirá una ampliación del Plan General de la Emergencia con base en la totalidad de reportes presentados y cuyo nexo de causalidad haya sido debidamente demostrado.
- La CNE será el ente encargado del planear, dirigir y controlar los de los programas y las actividades de protección, salvamento, atención, rehabilitación de las zonas declaradas en estado de emergencia. Para eso, podrá designar como unidades ejecutoras a las instituciones que corresponda por su competencia.
- Por facultado legal, las instituciones públicas, entidades autónomas y semiautónomas, empresas del Estado, municipalidades, así como cualquier otro ente u órgano público están autorizados para dar aportes, donaciones, transferencias y prestar la ayuda y colaboración necesaria a la CNE.
- Estas entidades estarán autorizadas para dar aportes de forma coordinada, simplificando o eliminando requisitos ordinarios que no sean necesarios, sin detrimento de los extremos legales contenidos en la Ley General de la Administración Pública.
- Cuando se requiera cumplir con los trámites de contratación administrativa, se instruye a utilizar los procedimientos de urgencia autorizados por la ley y regulados en el Artículo 66 de la Ley General de Contratación Pública y el Artículo 166 del reglamento.

Un cruzrojista rescató a un niño y a un gatito durante las inundaciones que azotaron Sardinal de Carrillo, en Guanacaste. Cruz Roja
La declaratoria permite utilizar fondos remanentes no comprometidos de otras emergencias finiquitadas o vigentes. Sin embargo, esto lo debe disponer la junta directiva de la CNE.
Asimismo, las entidades de gobierno central están llamadas a evitar situaciones de desabasto, acaparamiento, condicionamientos en la venta y la especulación de bienes y servicios.
El decreto de emergencia ubre toda la actividad administrativa del Estado necesaria para "resolver las imperiosas necesidades de las personas y proteger los bienes y servicios, cuando exista el nexo de causalidad entre el hecho provocador del estado de emergencia y los daños provocados en este efecto".
Durante la vigencia de la declaratoria, la CNE está facultada para contratar personal especial que requiera por periodos determinados y conforme a la declaración de la emergencia.
En este lapso, los predios privados ubicados en el área geográfica establecida en la declaratoria de emergencia deberán soportar todas las servidumbres legales necesarias para poder ejecutar las acciones, los procesos y las obras que realicen las entidades públicas en la atención de la emergencia, siempre y cuando ello sea absolutamente indispensable para la atención oportuna de esta.
Para este fin de semana el Instituto Meteorológico Nacional (IMN) pronostica fuertes lluvias en distintos puntos del país debido a la influencia indirecta de la tormenta tropical Sara, la cual impactará directamente el norte de Centroamérica.
Desde el martes, la CNE declaró alerta roja para toda la costa pacífica del país. El Valle Central, la Zona Norte y Caribe Norte se mantienen en alerta naranja, mientras que el Caribe Sur permanece en alerta amarilla.