¿Qué pasa si se me venció el Dimex antes del 10 de enero?
Interesados deben cancelar $3 por cada mes de atraso
(CRHoy.com) La Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) informó que las personas con Documento de Identidad Migratorio para Extranjeros (Dimex) vencido podrán solicitar la cita para su renovación a partir del próximo 1° de octubre.
Ese anuncio marca el fin de una prórroga automática que aplicaba a quienes la cédula les caducó entre el 10 de enero y el 30 de setiembre.
Sin embargo, ¿qué pasa con aquellos a los que el documento de identidad les venció antes de que entrara en vigencia esa ampliación de validez?
El proceso es en esencia el mismo: los interesados deberán solicitar entre octubre y diciembre siguientes una cita de renovación, la cual les será otorgada hasta el próximo año. La diferencia radica en que, a quienes les haya caducado la cédula antes del 10 de enero, deberán cancelar una multa de $3 por cada mes de atraso.
También tendrán que cumplir con los siguientes requisitos:
- Portar la cédula de residencia en buen estado.
- Comprobante de afiliación a los sistemas de aseguramiento de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), como seguro voluntario, orden patronal, entre otros.
- Recibo de pago por los derechos de renovación (a consultarse al agendar la cita), donde se indique el nombre del extranjero como depositante. Monto debe cancelarse en colones a la cuenta 242480-0 del Banco de Costa Rica (BCR).
- Tener pasaporte vigente y en buen estado.
Si la cédula tiene más de tres meses vencida, para renovar también es necesaria una carta de justificación que indique el motivo por el que no se actualizó el documento de identificación con anterioridad. La misma debe ser firmada por un abogado.
En caso de robo o extravío, la persona debe presentar una declaración jurada protocolizada por un jurista.
De haber estado fuera del país por más de un año, la persona deberá presentar a la hora de renovar una hoja de antecedentes penales de la nación en la que estuvo, en apego al artículo 216 del Reglamento a la Ley General de Migración y Extranjería.