¿Qué propone el proyecto de capitales emergentes que los diputados intentarán rescatar del archivo?
Los diputados intentarán corregir una pifia en la que incurrieron el pasado miércoles. Buscan rescatar del archivo un proyecto de ley que era una de las prioridades legislativas para atacar el crimen organizado y el narcotráfico, pero que, por el constante ausentismo de las últimas semanas en el Plenario, no logró los votos necesarios (38) para su aprobación definitiva en segundo y último debate.
Se trata del proyecto de ley que pretende perseguir el enriquecimiento ilícito, conocido popularmente como capitales emergentes.
¿Qué busca el proyecto y por qué es importante?
En febrero pasado, la Corte Suprema de Justicia y los diputados de la Asamblea Legislativa fijaron un listado de 10 proyectos de ley urgentes para atacar la criminalidad y el narcotráfico. En primer lugar estaba justamente este plan para golpear los capitales de los grupos criminales; en segundo y tercer puesto figuraban las reformas a los parámetros de la prisión preventiva y a la ejecución de la pena.
Este proyecto, que busca atacar los recursos económicos de los delincuentes, pretendía darle al Ministerio Público la posibilidad de solicitar el congelamiento de capitales sospechosos de haberse generado a partir de actividades ilícitas, incluso antes de presentar la denuncia por presunto incremento patrimonial.
La iniciativa también buscaba fortalecer la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con el fin de permitir el congelamiento o secuestro de bienes o cuentas bancarias que carezcan de origen lícito aparente.
El último texto establecía que únicamente la Fiscalía podría solicitar a un juez el congelamiento mediante una medida cautelar anticipada, con la intención de asegurar, secuestrar, conservar o verificar bienes y productos financieros de interés para investigaciones judiciales.
Según el expediente legislativo, tras la aprobación de la medida de congelamiento correría un plazo de tres días para efectuar una audiencia, en la que el juez determinaría, con base en las pruebas, si mantiene, modifica o revoca la medida cautelar.
¿Quiénes votaron en contra y por qué?
Desde un inicio, el oficialismo y diputados de las fracciones de la Unidad Social Cristiana (PUSC), Nueva República (PNR) y Liberal Progresista (PLP) manifestaron su rechazo a la propuesta.
Según estas bancadas, el plan abriría portillos para la persecución política, permitiría actos arbitrarios e invertiría la carga de la prueba, pues la persona a quien le confisquen bienes tendría que demostrar la licitud de su patrimonio.
La oposición no solo provino del Congreso. El presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, también ha manifestado su rechazo y anunció que vetaría la propuesta en caso de ser aprobada.
¿Qué pasará ahora con el proyecto?
El proyecto está actualmente listo para ser archivado. Lo único que podría salvarlo sería que 38 congresistas apoyen una moción —ya presentada— para volver a someter el expediente a votación de fondo, devolviéndolo a la comisión dictaminadora, sin plazo definido, para discutirlo, introducir cambios, dictaminarlo nuevamente y reenviarlo al Plenario.
El pasado jueves, las bancadas discutían la viabilidad de votar la moción la próxima semana.
Un camino empinado
Desde su presentación, el expediente 22.834 ha enfrentado múltiples obstáculos en el Congreso.
El texto actual fue presentado en diciembre de 2021 por la administración de Carlos Alvarado Quesada.
En mayo de 2024 logró la aprobación en primer debate; sin embargo, el segundo y último debate se interrumpió luego de que se presentara una moción para devolver el expediente a su etapa de discusión por el fondo.
Tras ese primer tropiezo, el 27 de agosto de 2024 volvió a ser aprobado en primer debate, pero el 23 de octubre de ese mismo año la Sala Constitucional lo declaró con vicios de constitucionalidad.
Luego del pronunciamiento de los magistrados, el plan regresó al Congreso, donde se le hicieron ajustes para corregir los vicios señalados.
En marzo de 2025, el plan consiguió nuevamente la aprobación en primer debate y fue remitido a la Sala IV por segunda ocasión; sin embargo, en esta oportunidad, la Sala declaró inadmisible la consulta.