Sala Constitucional señala vicios en proyecto de ley sobre pesca de arrastre
Al final de la legislatura pasada, se aprobó en primer debate
La Sala Constitucional declaró que el último esfuerzo del anterior Gobierno por reinstaurar la pesca de arrastre, tiene vicios en su procedimiento.
Este viernes, mediante la sentencia 2018-7978 los magistrados declararon inconstitucional el procedimiento legislativo en la tramitación del proyecto Ley Para el Ejercicio Sustentable de la Pesca Semi-industrial Camaronera en Costa Rica, 18.968.
Esta iniciativa fue convocada por el gobierno de Luis Guillermo Solís el 20 de marzo, quien cedió a las presiones del sector de pesca semi-industrial de arrastre y trabajadores del mismo, así como diputados de Puntarenas. Fue el último intento de reinstaurar la dañina técnica, un esfuerzo continuo de la Administración Solís Rivera.
Luego de que la anterior Asamblea Legislativa lo aprobara en primer debate, se envío la consulta facultativa parlamentaria, para que la Sala determinara si el proyecto respeta la Constitución Política.
Sin embargo los magistrados fueron un paso antes y cuestionaron el proceso seguido en el Congreso. La Sala reclamó que los diputados del 2014-18 discutieron el proyecto, sin tener estudios técnicos que lo respaldaran. Es decir le cuestionan el análisis que hicieron del plan.
"Ocurrió un vicio sustancial del procedimiento, por cuanto la discusión del proyecto por parte de los diputados, propiamente dentro del trámite legislativo, se dio sin sustento en estudios técnicos y científicos que respaldaran el proyecto", señaló el fallo.
Pleito añejo
Desde el 2013 la Sala prohibió renovar o entregar nuevas licencias de arrastre. En ese momento analizó que "la pesca del camarón con redes de arrastre en el contexto actual costarricense, causa serios daños al ecosistema marino, pone en grave riesgo la existencia y reproducción de especies comerciables y del propio camarón, y atenta contra la supervivencia del sector pesquero artesanal socialmente vulnerable". Ese voto 10540 de la Sala determinó que la técnica viola 6 artículos de la Constitución.
"En este vicio incurrieron los Diputados a pesar de la advertencia expresa efectuada por esta Sala en la sentencia N° 2013-010540 y de las prevenciones hechas por múltiples instancias durante el citado procedimiento", informó la Sala Constitucional en un comunicado de prensa.
La Sala enfatizó la necesidad de que existan estudios técnicos y científicos idóneos para determinar que el proyecto cumpla con una reducción significativa de la captura incidental en la pesquería de arrastre que sea compatible con un desarrollo sostenible democrático.
Estos fueron 2 de los principales argumentos de más de 15 organizaciones ambientalistas, todo el sector de pesca artesanal, las organizaciones pesqueras de Guanacaste y las universidades Nacional y de Costa Rica, quienes se opusieron a la pesca de arrastre.
Antes de este proyecto, el Presidente Solís y el Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (Incopesca) defendieron el proyecto de ley 19.838, que nunca tuvo viabilidad ni tampoco demostró con estudios que la pesca de arrastre es sostenible. El propio ministro de Ambiente anterior, Édgar Gutiérrez, se opuso pero no fue acatado por el Ministerio de Agricultura y Ganadería y Presidencia.